ESTABLECE RED VIAL BÁSICA DE LA CIUDAD DE COPIAPÓ
Núm. 326 exenta.- Copiapó, 22 de mayo de 2013.- Visto: La ley de N° 18.059; el DS N° 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; resolución exenta 511, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta 240, de 2005, de esta Secretaría Regional, que establece la Red Vial Básica de Copiapó; el ordinario N°194, de 20 de febrero de 2013, de esta Secretaría Regional, y la demás normativa que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que el alto grado de saturación y el consecuente impacto negativo en los tiempos de desplazamiento urbano en las vías del centro de Copiapó, hace necesario optimizar la capacidad vial existente;
2. Que, dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del DS N° 83, de 1985, citado en el visto, esta Secretaría Regional solicitó a la Ilustre Municipalidad de Copiapó, mediante ordinario N° 194, de 20 de febrero de 2013, que emitiera el informe técnico exigido por la norma antes citada; sin embargo, el referido municipio no emitió el informe requerido dentro del plazo que la misma disposición señala, por lo que este se ha tenido por evacuado.
3. Que resulta fundamental optimizar la capacidad vial existente en las vías señaladas, de manera de obtener mejoras en la seguridad pública y vial como lo sugiere el estudio "Análisis y Mejoramiento de la Gestión de Tránsito e Infraestructura Vial en Copiapó", de 1999, elaborado por TRASA Ingenieros Consultores.
Resuelvo:
1. La Red Vial Básica de la ciudad de Copiapó, estará constituida por las vías que se detallan a continuación, las que se agrupan de acuerdo a las siguientes categorías viales:
Tipo de Vía Denominación
Troncal:
Ruta 5 Sur entre Copayapu y límite urbano sur
Av. Copayapu entre límite urbano poniente y
límite urbano oriente
Chacabuco entre Av. Copayapu y Av. La Paz
Av. La Paz entre Chacabuco y Ruta 5 Sur
Av. Circunvalación entre Av. M.A. Matta y Aeródromo
Ruta 31-CH entre Av. Copayapu y límite urbano
norte.
Servicio:
Rodríguez en toda su extensión
Los Carrera en toda su extensión
Atacama entre Av. M.A. Matta y Av.
Henríquez
Juan López entre Los Carrera y Av. Henríquez
Av. Juan Martínez entre Av. Centenario y Av. M.A.
Matta
Ramón Freire en toda su extensión
Av. Centenario en toda su extensión
Av. M.A.Matta entre Ramón Freire y Av.
Circunvalación
Chacabuco entre Av. Circunvalación y Freire
Vallejos en toda su extensión
Av. Henríquez en toda su extensión
Rivera Medina entre Av. Circunvalación y Av. Los
Loros
Av. La Paz entre Chacabuco y Vallenar
Vallenar entre Av. La Paz y Ruta 5
Del Río en toda su extensión
Av. El Palomar en toda su extensión
Maipú en toda su extensión
O'Higgins en toda su extensión
Chañarcillo en toda su extensión
Av. Juan Martínez en toda su extensión
Wheelright en toda su extensión
Flora Normilla en toda su extensión
Cardenal Samoré en toda su extensión
Av. El Chañar en toda su extensión
Av. Los Loros en toda su extensión
Eleuterio Ramírez en toda su extensión
Colo-Colo en toda su extensión
Andacollo en toda su extensión
Diego de Almagro en toda su extensión
Carlos Van Buren en toda su extensión
Luis Flores en toda su extensión
Los Aromos en toda su extensión
Rancagua en toda su extensión.
Colectora Distribuidora:
Infante en toda su extensión
Las Heras entre Ayacucho y Av. M.A. Matta
Ayacucho entre El Pino y Las Heras
Juan Godoy entre Av. M.A. Matta y Rancagua
Vicuña en toda su extensión
Talcahuano en toda su extensión
Yumbel en toda su extensión
Yerbas Buenas en toda su extensión
Colipí en toda su extensión
Salas entre Infante y Freire
Lastarria en toda su extensión
San Román en toda su extensión
Los Estudiantes en toda su extensión
Conrado Araya en toda su extensión
Ramón Carnicer entre Eusebio Lillo y Av. El
Chañar
Corcovado en toda su extensión
Eusebio Lillo en toda su extensión
Av. Sur en toda su extensión
Del Parque en toda su extensión
Av. La Minería en toda su extensión
Salitrera Esmeralda en toda su extensión
Hijuela Fontanes en toda su extensión
Salitrera Independencia en toda su extensión
Estadio entre Av. El Palomar y Av. La
Minería
Fundo Palermo entre Av. El Palomar y Av. La
Minería
Salitrera Humberstone en toda su extensión.
2. Cualquier modificación a las características físicas u operacionales de las vías antes individualizadas que altere el desplazamiento de vehículos y/o personas y los proyectos de construcción de nuevas vías que incidan en la Red Vial Básica antes citada, deberán contar con la aprobación de la Secretaría Regional Ministerial. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que tengan otros organismos sobre la materia.
3. Déjese sin efecto resolución exenta N° 240, del 24 de mayo de 2005, publicada en el Diario Oficial el 28 de junio de 2005, de esta Secretaría Regional.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Alberto Barrionuevo Pinto, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama.