MODIFICA RESOLUCIONES Nos 462 Y 388 EXENTAS, DE 2007

    Núm. 2.304 exenta.- Santiago, 31 de mayo de 2013.- Visto: La ley N°18.059, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las resoluciones Nos 39, de 1992 y 59, de 1985, ambas de la misma Secretaría de Estado señalada; los artículos 107 y 113 del DFL N°1, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones exentas N° 388 y 462, de 2 y 23 de febrero de 2007, respectivamente y sus posteriores modificaciones, todas de esta Secretaría Regional; la presentación de Metro S.A., mediante el cual se adjunta el "Estudio Desvío de Tránsito, por cierre de calles San Diego-Bandera, durante la Construcción de la Línea 3"; oficio Ord. SM/AGD/N° 3.487, de 16 de mayo de 2013, de esta Secretaría Regional, que autoriza la implementación temporal de dispositivos destinados al cierre de calzada del eje San Diego-Bandera, comuna de Santiago; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

    Considerando:

    1.- Que, de acuerdo a lo informado por la empresa Metro S.A., la construcción de la línea 3 del Metro de Santiago implicará la instalación de áreas de faenas y piques con el fin de ejecutar las obras asociadas a la construcción de las futuras estaciones correspondientes a Plaza de Armas y Universidad de Chile, debiendo cerrarse parcialmente para el tránsito de todo tipo de vehículos motorizados, parte del eje San Diego-Bandera, lo que producirá importantes alteraciones al flujo vehicular y al transporte público urbano, el que deberá ser desviado por calles alternativas.
    2.- Que, como medida de mitigación al cierre de parte del eje vial señalado, se contempla el desvío del transporte público urbano prestado mediante buses, hacia el eje Lord Cochrane-Hermanos Amunátegui, entre las calles Tarapacá y General Mackenna, lo que generará una saturación del flujo vehicular en dichas vías, siendo necesario establecer medidas de gestión de tránsito que privilegien el transporte público.
    3.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL N° 1, de 2007, de Transportes y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.290, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
    4.- Que, actualmente en el eje San Diego-Bandera, entre las calles Tarapacá y General Mackenna, se encuentra operativa una vía de uso exclusivo para transporte público, y atendido que gran parte de ese tramo se encontrará cerrado para todo tipo de vehículos por los trabajos para la construcción de la línea 3 del Metro, lo que hace innecesario mantener dicha medida.

    Resuelvo:

    1.- Modifícase el cuadro contenido en el numeral 1.- de la resolución exenta N° 462, de 23 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, en el sentido de agregar la siguiente fila al final de la tabla:

   

    2.- Modifícase el numeral 1.- de la resolución exenta N° 388, de 2 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, en el sentido de eliminar el cuadro correspondiente al Eje San Diego-Bandera.
    3.- Por razones de buen servicio, la presente resolución entrará en vigencia a partir del 8 de junio de 2013, sin esperar su total tramitación.



    Anótese y publíquese.- Sergio Stephan Orellana, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.