Artículo único.- Modifícase el Plan Regulador Comunal de Juan Fernández, aprobado por resolución afecta Nº 31-4-216, del Gobierno Regional de Valparaíso, y publicado en Diario Oficial de fecha 3 de mayo de 2002, en el siguiente sentido:
1.- Modifícase la Ordenanza local de la siguiente forma:
a) Reemplázanse del Capítulo I "Disposiciones Generales", los artículos 1º y 3º, respectivamente, por los siguientes, y deróganse los artículos 4º y 5º.
Las disposiciones de la presente Ordenanza contienen las Normas Urbanísticas relativas a: Límite Urbano, vías estructurantes, zonificación: usos de suelo, sistema de agrupamiento de las edificaciones, coeficiente de constructibilidad, coeficiente de ocupación de suelo, altura máxima de edificación, adosamientos, distanciamientos mínimos a los medianeros, antejardines, ochavos y rasantes, superficie de subdivisión predial mínima, densidades máximas, alturas de cierros, áreas de riesgo o protección que regirán dentro del área territorial del Plan Regulador Comunal de Juan Fernández, correspondiente a los sectores de San Juan Bautista y Punta Isla, según se grafica en los planos:
- PRCJF-01 Sector San Juan Bautista, escala 1:2.500
- PRCJF-02 Sector Punta Isla, escala 1:5.000".
Se definen como áreas de riesgo, por razones de seguridad contra desastres naturales u otros semejantes, en conformidad a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, a los terrenos comprendidos entre la línea de más baja marea y la cota 20 msnm de los territorios dentro de los límites urbanos del sector San Juan Bautista y sector Punta Isla.
Como así mismo, los territorios potencialmente inundables por quebradas (por flujos de aguas o detritos); territorios propensos a avalanchas y con pendientes superiores a 40º, todas éstas graficadas en los planos PRCJF-01 y PRCJF-02, con las siguientes denominaciones:
"Área potencialmente inundable por tsunami"
"Área inundable por quebradas"
"Área potencialmente afectada por deslizamientos o desprendimientos".
Para autorizar proyectos que estén bajo estas áreas de riesgo, se requerirá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.1.17. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Las normas urbanísticas aplicables serán las establecidas en las respectivas zonas de esta Ordenanza Local.".
b) Reemplázanse del Capítulo III, "Definiciones y Normas de Aplicación para todas las Zonas", los artículos 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 12º, 13º, 14º, 15º, 16º, 17º, 18º, 19º, 20º, 21º, 22º, 23º, 24º, 25º, 26º, 27º, 28º, 29º, 30º, 31º, 32º, 33º y 34º por los siguientes:
Cierros Exteriores: Los cierros que enfrentan la vía pública tendrán 1,50 m de altura máxima.
Subterráneos: Las construcciones en subterráneo que se realicen en el territorio del Plan, deberán respetar un distanciamiento igual o superior al 15% de la longitud de cada lado hacia los deslindes respectivos. Se deben contemplar fajas no excavadas de 3 m de ancho a lo largo de todos los deslindes, no permitiéndose el adosamiento de subterráneos a los deslindes de los predios.".
c) Reemplázase el Capítulo IV, "Zonificación, Usos de Suelo, Condiciones de Subdivisión Predial y Edificación en cada Zona", por el siguiente:
Zonificación, Usos de Suelo y Normas Específicas
Para los efectos de la aplicación de la presente Ordenanza, el área urbana regulada por ella se divide en zonas, cuyos límites y ubicación están definidos en los Planos, y que se clasifican como sigue: Zonas Mixtas Residencial y Equipamiento, Zonas de Equipamiento, Zonas de Infraestructura y Actividades Productivas.
Las normas urbanísticas en las diferentes Zonas, en las cuales se divide el área urbana, son las que se indican a continuación:
1. Zonificación Sector San Juan Bautista
Clases de zonas Zonas
Zonas Mixtas ZH-1 Zona Preferentemente
residencial 1
Residencial y Equipamiento: ZH-2 Zona Preferentemente
residencial 2
ZH-3 Zona Preferentemente
residencial 3
ZTH Zona Turística
Residencial
ZCT Zona Comercial
Turística
ZCT1 Zona Comercial
Turística 1
ZMR Zona Mixta
Residencial.
Zonas de Equipamiento: ZBC Zona Borde Costero
ZEE Zona de Equipamiento
Exclusivo
ZECU Zona de Equipamiento
Cultural
ZECU-1 Zona Equipamiento
Cultural 1
ZR Zona Recreativa
ZTR Zona Turística
Recreativa.
Zonas de Infraestructura ZIS Zona Infraestructura
Sanitaria
y Actividades Productivas: ZPR Zona Productiva
.
. 2. Zonificación Sector Punta Isla
Clases de zonas Zonas
Zonas de Equipamiento e
Infraestructura Preferente: ZP Zona Portuaria
ZEC Zona de Equipamiento
Complementario
ZA Zona de Aeródromo
ZR 1 Zona Recreativa 1
A) Zonas de Equipamiento Preferente
. d) Reemplázanse del Capítulo V, "Vialidad", los artículos 37º, 38º, 39º y 40º por los siguientes:
La Red Vial Básica y la Red Vial Estructurante del área urbana, reguladas en el presente Plan, están constituidas por el conjunto de vías colectoras, de servicio y locales existentes, graficadas en los Planos. Su identificación, ancho entre líneas oficiales y demás características, se señalan en los artículos siguientes.
En los siguientes cuadros se indica la red vial estructurante del área urbana de la comuna de Juan Fernández.
1. Sector San Juan Bautista
. 2. Sector Punta Isla
. a) Elimínase el Capítulo VI, "Artículo Transitorio", artículo 41º.
2.- Reemplázanse los Planos a escala 1:3.000 para el centro poblado de San Juan Bautista y a escala 1:7.500 para el área de Punta Isla, por los planos PRCJF-01 sector San Juan Bautista, escala 1:2.500 y PRCJF-02 sector Punta Isla, escala 1:5.000, que por este acto se aprueban.
3.- Reemplázase la Memoria Explicativa "Actualización Plan Regulador San Juan Bautista", por la Memoria Explicativa "Modificación Plan Regulador Comunal Juan Fernández", que por este acto se aprueba.