ArtDecreto 10, DESARROLLO SOCIAL
Art. único N° 19
D.O. 26.12.2020
ículo 28.- La Subsecretaría de la Niñez es el órgano de colaboración del Ministro en el ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 6º bis de la ley Nº 20.530, y estará a cargo del Subsecretario o la Subsecretaria de la Niñez, quien será su jefe o jefa superior y le corresponderá asesorar directamente al(la) Ministro(a) en la coordinación intersectorial de los temas relacionados con la Niñez. De esta Subsecretaría dependerán las Divisiones de Promoción y Prevención, de Planificación y Estudios, y de Administración y Finanzas.