Artículo 17.- La División de Información Social tendrá a su cargo la planificación y el soporte tecnológico del Ministerio y el desarrollo, administración, custodia y tratamiento de los sistemas de información y bases de datos de éste, incluidos el Banco Integrado de Proyectos de Inversión, el Banco Integrado de Programas Sociales y el Registro de Información Social, velando por la calidad, seguridad, confidencialidad y consistencia de la información que contengan.
Esta División estará conformada por:
1. El Departamento de Tecnologías de la InformaciónDecreto 10, DESARROLLO SOCIAL
Art. único N° 12 a)
i), ii) y iii)
D.O. 26.12.2020, encargado de la planificación, instalación, mantención y soporte de la plataforma tecnológica. Además le corresponderá el soporte y atención a usuarios internos en materia tecnológica, y el resguardo de la información a través de la custodia, seguridad y administración de los sistemas de información del Ministerio.
Art. único N° 12 a)
i), ii) y iii)
D.O. 26.12.2020, encargado de la planificación, instalación, mantención y soporte de la plataforma tecnológica. Además le corresponderá el soporte y atención a usuarios internos en materia tecnológica, y el resguardo de la información a través de la custodia, seguridad y administración de los sistemas de información del Ministerio.
2. El Departamento de Sistemas de Información Social, encargado de la planificación, diseño, implementación, custodia, Decreto 10, DESARROLLO SOCIAL
Art. único N° 12
b), i) y ii)
D.O. 26.12.2020mantención y soporte de los sistemas de información del Ministerio, en especial del Registro Social de Hogares, el Banco Integrado de Proyectos de Inversión y el Banco Integrado de Programas Sociales. De este Departamento dependerá la Gestión de Información Territorial, esto es, la producción, desarrollo y mantención de la plataforma de información territorial del Ministerio, productos de cartografía digital, análisis geográficos, sistemas de información geográfica, servicios de mapas y asesoría técnica.
Art. único N° 12
b), i) y ii)
D.O. 26.12.2020mantención y soporte de los sistemas de información del Ministerio, en especial del Registro Social de Hogares, el Banco Integrado de Proyectos de Inversión y el Banco Integrado de Programas Sociales. De este Departamento dependerá la Gestión de Información Territorial, esto es, la producción, desarrollo y mantención de la plataforma de información territorial del Ministerio, productos de cartografía digital, análisis geográficos, sistemas de información geográfica, servicios de mapas y asesoría técnica.
3. El Departamento de Análisis de la Información Social, encargado del análisis y tratamiento de los datos que contengan los Sistemas de Información Social del Ministerio y de velar por la calidad y consistencia de éstos. Además, será el encargado de la administración, gestión y accesos al Registro de Información Social, así como de la coordinación de la transferencia de datos asociados a este Registro, al interior del Ministerio y con entidades externas.