RECTIFICA OMISIÓN EN EL TEXTO DEL DECRETO PROMULGATORIO DE LA LEY N°20.682, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE 27 DE JUNIO DE 2013

    Núm. 22.- Santiago, 10 de julio de 2013.- Vistos: El oficio N° 10.809, de 2 de julio de 2013, de la Cámara de Diputados, en el que se indica que se ha omitido el nombre de uno de los autores de la iniciativa del proyecto de la ley N°20.682; la ley N°18.993, Orgánica de este Ministerio; la ley N°17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional; el artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado N°18.575; las facultades que me confiere el artículo 2° letra i) del decreto ley N°1.028, de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios, y la resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1. Que, con fecha 25 de junio de 2013, fue tomado razón por la Contraloría General de la República el decreto promulgatorio de la ley N°20.682, que modifica la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional de votaciones populares y escrutinios, estableciendo la facultad de excusarse de la obligación de ser vocal de mesa para las mujeres en estado de embarazo y puerperio.
    2. Que, con fecha 27 de junio de 2013 fue publicada la ley N° 20.682 en el Diario Oficial.
    3. Que, el oficio N° 10.806 de fecha 24 de junio de 2013 de la Cámara de Diputados, por medio del cual se da cuenta de la aprobación del proyecto de la ley y se solicita al Presidente de la República su promulgación, no contenía en el texto a uno de los autores de la iniciativa, el H. Diputado, Issa Kort Garriga.
    4. Que, por oficio N° 10.809 de fecha 2 de julio de 2013 de la Cámara de Diputados, se informa a Su Excelencia el Presidente de la República de la referida omisión.
    5. Que, el artículo 2° letra i) del decreto ley N°1.028, de 1975, dispone que les corresponde a los Subsecretarios de Estado "rectificar los decretos ya firmados por el Presidente de la República y por el Ministro respectivo o por éste, en su caso, sólo para corregir errores manifiestos de escritura o numéricos", cuyo es el caso.
    6. Que, en consecuencia, la presente resolución viene en rectificar dicho error de omisión en el respectivo decreto promulgatorio.

    Resuelvo:

    Artículo único: Rectifícase el texto del decreto promulgatorio de la ley N°20.682, publicada en el Diario Oficial de 27 de junio de 2013, en el siguiente sentido:
    Reemplázase su enunciado por el siguiente: "Teniendo presente que el H. Congreso ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley originado en una Moción de los Diputados señores Issa Kort Garriga, Pedro Araya Guerrero, Alberto Cardemil Herrera, Joaquín Godoy Ibáñez, Patricio Melero Abaroa, René Saffirio Espinoza y de las Diputadas señoras María José Hoffmann Opazo, Denise Pascal Allende, María Antonieta Saa Díaz y Alejandra Sepúlveda Orbenes.".



    Anótese, tómese razón y publíquese.- Sebastián Soto Velasco, Subsecretario General de la Presidencia (S).
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Sebastián Soto Velasco, Subsecretario General de la Presidencia (S).