Modifícanse las Bases Administrativas para Contratos de Obras Públicas de Construcción y Reposición Total y Reposición Parcial de Puentes, Pasarelas y sus Accesos, incluyendo su Diseño Definitivo, aprobadas por el decreto Nº 258, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas, en lo siguiente:
. En el artículo 11, numeral 11.1, letra B), para la letra a), el actual inciso tercero pasa a ser inciso cuarto y se agrega como tercero, lo siguiente:
"Para efectos de acreditar las obras a que se refiere el artículo 76 N° 1 letra a) del Reglamento, cuando han sido contratadas en el extranjero, se deberán acompañar certificados extendidos por los mandantes de las obras, sean éstos públicos o privados; emitidos con una antelación no superior a sesenta días, contados desde la fecha de recepción de la propuesta, con la información exigida para los certificados a que se alude en los párrafos anteriores, debidamente autorizados por ministro de fe del país de su expedición, autentificados por las autoridades competentes de ese país y atestados por agente diplomático o consular que represente el interés de Chile en el lugar de su expedición, traducidos al idioma español, si corresponde, y visados por funcionario competente del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.".
. En artículo 11, numeral 11.1, letra B), en la letra g), Antecedentes Comerciales y Laborales, se agrega el siguiente inciso final:
"En licitaciones con Registro Especial de Contratistas, las empresas extranjeras deberán presentar certificados de antecedentes comerciales, laborales y de deuda fiscal, otorgados de acuerdo a la normativa y procedimientos del país de origen, emitidos con una antelación no superior a sesenta días contados desde la fecha de recepción de la propuesta, debidamente autorizados por ministro de fe del país de su expedición, autentificados por las autoridades competentes de ese país y atestados por agente diplomático o consular que represente el interés de Chile en el lugar de su expedición; traducidos al idioma español, si corresponde, y visados por funcionario competente del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.".