1.1  Agrégase en el numeral 2º, lo siguiente:

    .    Ruta G-19, Cruce Ruta 57 - La Dehesa.
    .    Ruta G-27, Cruce Ruta G-45-H - Los Morros -
          Pirque - San Juan de Pirque.
    .    Ruta G-40, Cruce G-78 - Isla de Maipo.
    .    Ruta G-68, Cruce Ruta 76 - Cuesta Barriga -
          Cruce Ruta 68.
    .    Ruta G-148, Cruce Ruta 5 - Batuco - Cruce Ruta
          G-12.
    .    Ruta G-149, Cruce Ruta 5 - Liray - Cruce Ruta
          73.
    .    Ruta G-460, Cruce G-46 - Isla de Maipo.

1.2  Reemplázase, el acápite 4º, del numeral 4º, San José de Maipo, con lo siguiente:

    .    El tramo urbano de la Ruta G-25, desde el límite
          urbano norte hasta el límite urbano sur; a
          través del par vial constituido por calle
          Comercio, Cañada Norte, Calle del Cerro, y
          Camino al Volcán, Cañada Norte, Calle del Río,
          Cañada Sur y Camino al Volcán.

1.3  Agrégase, en el numeral 4º, lo siguiente:

    Isla de Maipo
    .    Sistema vial urbano que interconecta la Ruta G-
          40 con la Ruta G-460, desde el límite urbano
          norte hasta el límite urbano oriente, a través
          de: Avenida Jaime Guzmán, calle Lo Guerra, calle
          Armijo, calle Carrera Pinto y calle Balmaceda.
    La Islita
    .    Sistema vial urbano que interconecta la Ruta G-
          46 con la Ruta G-460, desde el límite urbano
          norte hasta el límite urbano sur, a través de:
          calle Balmaceda.

    2.- Téngase presente, que las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza, Plan Regulador Metropolitano de Santiago y Planes Reguladores Comunales o Seccionales, según corresponda, como lo ha declarado la Contraloría General de la República en el dictamen N° 5.207 de 2001, entre otros.