Art. 2.° Las calles actuales de la parte plana de la ciudad, tendrán diez metros de ancho.
Exceptúanse:
1.a La Avenida de la Victoria que tendrá no ménos de veinte metros de ancho, en toda su estension;
2.a Las dos calles laterales que corren paralelamente al estero de las Delicias, en toda su estension, tendrán cada una diecisiete metros, con esclusion del ancho del cauce del estero;
3.a Las calles de San Juan de Dios, Independencia, Yungai, O'Higgins, Chacabuco, Maipú i Hospital tendrán catorce metros de ancho;
4.a Las calles de Elías, desde la plaza del Orden, hasta el último cementerio, la de Jaime en toda su estension de cerro a mar, la de San José en la parte comprendida entre la Avenida de la Victoria i la de las Delicias, i la de Blanco, todas las cuales tendrán quince metros de ancho;
5.a Las del Teatro, Cabo, Aduana, Cochrane, Planchada, Arsenal, Carampangue i la prolongacion de esta última hasta Playa-Ancha, tendrán doce metros de ancho.
El ancho de las calles a que se refieren los incisos precedentes, se irá dando, a medida, que se reconstruyan los edificios en ellas situados.