Artículo 1º.- Modifíquese el decreto Nº 1.588, de 1943, del Ministerio de Hacienda, en el siguiente sentido:

a)  En la letra b), del artículo 3º, sustitúyase la palabra "Gobierno" por la frase "Ministerio de Hacienda", y en la letra c), del mismo artículo, sustitúyase la expresión "Modificar el" por la frase "Proponer modificaciones al".
b)  En el artículo 4º, incorpórase la siguiente expresión entre la palabra "publicación" y el punto final: ", salvo que se señalare algo diferente".