Artículo 131.- Permiso para realizar trabajos de conservación, reparación o restauración de Monumentos Históricos; para remover objetos que formen parte o pertenezcan a un Monumento Histórico; para destruir, transformar o reparar un Monumento Histórico, o hacer construcciones en sus alrededores; o para excavar o edificar si el Monumento Histórico fuere un lugar o sitio eriazo.
    El permiso para realizar trabajos de conservación, reparación o restauración de Monumentos Históricos; para remover objetos que formen parte o pertenezcan a un Monumento Histórico; para destruir, transformar o reparar un Monumento Histórico, o hacer construcciones en sus alrededores; o para excavar o edificar si el Monumento Histórico fuere un lugar o sitio eriazo, será el establecido en los artículos 11 y 12 de la Ley N° 17.288, sobre monumentos nacionales.
    El requisito para su otorgamiento consiste en proteger y/o conservar el patrimonio cultural de la categoría monumento histórico resguardando los valores por los que fue declarado.
    Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes:

a)  Identificación del inmueble.
b)  Plano de ubicación del inmueble.
c)  Plano de conjunto.
d)  Memoria explicativa de la intervención a realizar.
e)  Antecedentes planimétricos del inmueble, tanto de su situación original como de modificaciones posteriores incluyendo la actual, así como antecedentes gráficos del inmueble y de su entorno inmediato, antiguo y actual, si existieren.
f)  Anteproyecto de arquitectura y especificaciones técnicas.
g)  En caso de solicitar demolición total o parcial del inmueble, se deberá presentar un levantamiento planimétrico y fotográfico, señalando la justificación de la demolición y los elementos que involucrará. En caso que la justificación sea el deterioro del inmueble, se deberá adjuntar un informe de daños y diagnóstico.
h)  En caso de intervenciones que contemplen publicidad, propaganda, señalética o cualquier otro elemento agregado, se deberán especificar las características formales de dicha intervención y su colocación en fachada, vía o espacio público.