La presente ley dispone incrementar, a contar del 1 de agosto de 2013, el monto del ingreso mínimo mensual de $193.000.- a $210.000.- para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad; de $144.079.- a $156.770.- para los trabajadores mayores de 65 años de edad y menores de 18 años de edad; y, asimismo, eleva de $124.497.- a $135.463.- el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales. La Ley, además introduce modificaciones a las leyes: N° 18.987 y N° 18.020, incrementando el monto de asignaciones familiares, asignaciones maternales y subsidio familiar.

    "Artículo 1°.- Elévase, a contar del 1 de agosto de 2013, de $193.000.- a $210.000.- el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.

    Elévase, a contar del 1 de agosto de 2013, de $144.079.- a $156.770.- el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 65 años de edad y para los trabajadores menores de 18 años de edad.

    Elévase, a contar del 1 de agosto de 2013, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $124.497.- a $135.463.-