La presente ley dispone incrementar, a contar del 1 de agosto de 2013, el monto del ingreso mínimo mensual de $193.000.- a $210.000.- para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad; de $144.079.- a $156.770.- para los trabajadores mayores de 65 años de edad y menores de 18 años de edad; y, asimismo, eleva de $124.497.- a $135.463.- el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales. La Ley, además introduce modificaciones a las leyes: N° 18.987 y N° 18.020, incrementando el monto de asignaciones familiares, asignaciones maternales y subsidio familiar.

    Artículo 4°.- El mayor gasto fiscal que represente durante el año 2013 la aplicación de los artículos 1°, 2° y 3° de la presente ley, se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público.".