AUTORIZA A "CARITAS CHILE" PARA EFECTUAR COLECTA PÚBLICA
     
    Núm. 2.782 exento.- Santiago, 5 de julio de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 10.262, de 1952; la ley Nº 16.436, de 1966; el decreto supremo Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y los antecedentes adjuntos.
     
    Decreto:
   
    1.- Autorízase a la entidad denominada "Caritas Chile" para realizar una colecta en todo el territorio nacional los días 15 y 16 de noviembre de 2013.
    2.- Las utilidades, producto de esta colecta, serán destinadas a fortalecer los programas de emergencia, sociales y de promoción humana, contribuyendo de esta manera a mejorar las condiciones de vida de aquellos sectores a través de la adquisición de medicinas, artículos ortopédicos, alimentos, enseres de casa, materiales para reparación de viviendas, capacitación, etc.
    3.- Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que se designen en su representación.
    4.- La referida institución deberá remitir al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la fecha de realización de la colecta, un informe detallado y documentado de los ingresos obtenidos y de su inversión, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3º letra c) del D.S. Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior y adjuntando a éste el acta referida en el artículo 27º del mismo decreto.
    5.- La autorización que se concede mediante el presente decreto exento a la entidad recurrente, la obliga a cumplir con las disposiciones que establece el D.S. Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Rodrigo Ubilla Mackenney, Subsecretario del Interior.