Aumenta las remuneraciones para el personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y otorga los siguientes beneficios; - Incrementa el bono de desempeño institucional, los cuales deberán dar cumplimiento a los objetivo de gestión anual. - Bono especial por retiro voluntario, que será de 10 Unidades de Fomento por cada año de desempeño.
 
    Artículo 2º.- El incremento por desempeño institucional del inciso segundo del artículo 6º de la ley  Nº 19.553, que percibe el personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles de conformidad a las normas que lo rigen, será, a contar del 1 de enero de 2012, de acuerdo al cumplimiento de los objetivos de gestión alcanzados, el siguiente:
     
a)  Cumplimiento del 90% o más de los objetivos de gestión anuales a que se haya comprometido: 6%, y
b)  Cumplimiento entre el 75% y menos del 90% de los objetivos de gestión anuales a que se haya comprometido: 3%.