La presente norma modifica la ley Nº 20.378, que crea un Subsidio Nacional para el Transporte Público Remunerado de Pasajeros, con el objetivo de incrementar y ampliar la cobertura de este subsidio. Crea además el Fondo de Apoyo Regional, para el financiamiento de iniciativas de transporte, conectividad y desarrollo de regiones. Modifica igualmente el Artículo 3º de la ley Nº 18.696, que establece normas sobre el transporte nacional remunerado de pasajeros. La ley concede hasta el año 2022 un bono Tarjeta Nacional del Estudiante (TNE), anual y por un monto de hasta 3 UTM a cada bus urbano o rural que preste servicios de transporte público de pasajeros, con excepción de aquellos que circulan en la provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo.

    Artículo sexto.- Otórgase hasta el año 2022, con cargo a los recursos establecidos en el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 20.378, un bono "Tarjeta Nacional del Estudiante (TNE)", de carácter anual, de hasta tres unidades tributarias mensuales por cada bus, minibus, trolebus y taxibus que preste servicios urbanos o rurales, con inscripción vigente al 1 de marzo de cada año en el  Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros, con excepción de los buses que presten servicios urbanos en la Provincia de Santiago y en las comunas de San Bernardo y Puente Alto. Para efectos de su concesión y otorgamiento, el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dictarán un reglamento en el que se establecerá el procedimiento y las condiciones para su pago por parte del Servicio de Tesorerías.".