Por Decreto M.O.P. (Exento) Nº 1515, de 25 de septiembre de 2013, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3º letra a), 14º letra e) y 105 del D.F.L. M.O.P. Nº 850 de 1997, que fijó el texto actualizado de la Ley Nº 15.840, se expropió el lote de terreno Nº 8-J, para la obra "Mejoramiento Ruta I-70-J, Sector Lolol - Ranguil, Tramo km. 0,00000 a km. 19,38878", que figura a nombre de PEREZ AHUMADA ALEJANDRA ANDREA, rol de avalúo 38-401, Comuna de LOLOL, VI Región, superficie 218 m2. La Comisión de Peritos integrada por MANUEL DIAZ FARFAN, PATRICIO CASAGRANDE ULLOA y ORLANDO FARIÑA VASQUEZ, mediante informe de tasación de 20 de enero de 2010, complementada por acta de 10 de enero de 2012, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $411.600.- para el lote Nº 8-J. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978.
Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.