Artículo 13º.- De la Inclusión de Nuevos Parámetros. El Programa de Vigilancia podrá incorporar el monitoreo de parámetros adicionales a los establecidos en el presente decreto, así como también nuevas estaciones de monitoreo de calidad de aguas con la finalidad de generar información para revisiones futuras de las normas, pudiendo incluirse también el uso de pruebas o ensayos ecotoxicológicos, bioindicadores o ambos, como herramientas complementarias para determinar los efectos de la calidad del agua en las comunidades acuáticas.