Artículo único: Introdúcense las siguientes modificaciones al Reglamento de Sumarios Administrativos de Carabineros de Chile Nº 15.

1)  En el artículo 8º, inciso primero, sustitúyese la expresión "Orden y Seguridad" por la siguiente "Fila o los Servicios".
2)  En el artículo 15, inciso primero, reemplázase la expresión "Orden y Seguridad" por la siguiente "Fila o los Servicios".
3)  En el artículo 62, inciso primero, sustitúyese la expresión "Asimilado" por "de los Servicios".