Artículo 32º.- La Comisión sesionará en las dependencias del Ministerio de Salud con la periodicidad que se determine por su presidente, pudiendo ser también convocada en forma extraordinaria.

    Contará con una coordinación ejecutiva, a cargo de la Coordinadora Nacional de Trasplante, a la que le corresponderá la coordinación operativa del trabajo de la Comisión y la implementación de los acuerdos que adopte.
    La Comisión podrá requerir, a través de su presidente, la colaboración de determinados expertos con el fin de obtener la asesoría técnica específica que sea necesaria.