Artículo 6º: Interconexión. Los fallos que sean apelados serán remitidos a la Corte Suprema a través de un Sistema de Interconexión que se habilitará entre los sistemas informáticos con que cuentan las Cortes de Apelaciones del país (Sitcorte) y el sistema informático de la Corte Suprema (Sitsup).
En el evento que, por cualquier motivo, estuviere suspendido el funcionamiento del Sistema Informático, el tribunal respectivo deberá remitir los antecedentes necesarios para un adecuado registro de la causa a través de un correo electrónico habilitado para ello.