Artículo 27.- Aprobación de nómina de selección: Tratándose de llamados nacionales, las nóminas de postulantes seleccionados serán aprobadas por resoluciones del Ministro de Vivienda y Urbanismo. Respecto de los llamados regionales, éstas serán aprobadas mediante resoluciones del Seremi de la respectiva región. Estas resoluciones deberán ser publicadas en el Diario Oficial.