MODIFICA RESOLUCIÓN  Nº 1.498 EXENTA, DE 1999
 
    Santiago, 15 de noviembre de 2013.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue: Núm. 4.462 exenta.- Vistos:

a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
b)  La ley Nº 18.168 de 1982, General de Telecomunicaciones;
c)  El decreto supremo Nº 127 de 2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan General de Uso del Espectro Radioeléctrico, y sus modificaciones;
d)  La resolución exenta Nº 1.498 de 1999, modificada por las resoluciones exentas Nº 1.496 de 2000, Nº 901 de 2003, Nº 860 de 2007, Nº 72 de 2008 y Nº 6.554 de 2010, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el servicio público telefónico local inalámbrico en la banda de frecuencias 3.400 - 3.600 MHz;
e)  La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
     
    Considerando: La necesidad de administrar eficientemente la utilización del espectro radioeléctrico; y, en uso de mis atribuciones legales,
     
    Resuelvo:

    Artículo único.- Modifíquese la resolución exenta Nº 1.498, de 1999, citada en la letra d) de los Vistos, en el siguiente sentido:
    1.  Reemplácese el cuadro del artículo 2º por el siguiente:
     
   
     
    2. Elimínese en el artículo 4º el texto "En una misma zona geográfica el servicio podrá ser suministrado hasta por cuatro concesionarias.".

   
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial.- Jorge Atton Palma, Subsecretario de Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Geraldine González Santibáñez, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.