Artículo 6°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19.477, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación:

    a) Modifícase el artículo 7° en el siguiente sentido:

    1.- Reemplázase en la letra t) la expresión ", y" por un punto y coma (;).

    2.- Intercálase la siguiente letra u), pasando la actual a ser v):

    "u) Otorgar apostillas en conformidad a lo establecido en la Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, en los documentos emanados del Servicio y, asimismo, autorizar a determinados funcionarios su otorgamiento, conforme a lo dispuesto en la letra k) de este artículo, y".

    b) Modifícase el artículo 20 en el siguiente sentido:

    1.- Reemplázase en la letra i) la expresión ", y" por un punto y coma (;).

    2.- Intercálase la siguiente letra j), pasando la actual a ser k):

    "j) Otorgar apostillas en conformidad a lo establecido en la Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, en los documentos emanados del Servicio de Registro Civil e Identificación, y".