Artículo 7º.- Modifíquese el artículo 11 como a continuación se indica:
     
    1. Agréguese en su inciso primero a continuación de la palabra resolución, la expresión "anual".
     
    2. Reemplácese el inciso tercero por el siguiente:

    "Los Secretarios Regionales Ministeriales publicarán en el sitio electrónico de cada Secretaría Regional del Ministerio de Educación, la nómina de profesores encargados de establecimientos rurales, que cumplen con Ios requisitos establecidos en la ley y este reglamento, para percibir la bonificación del artículo 13 de la ley Nº 19.715, la que será notificada mediante carta certificada a los interesados."