FIJA LOS LIMITES PROVINCIALES DE MAGALLANES, SUS DEPARTAMENTOS, COMUNAS-SUBDELEGACIONES Y DISTRITOS


    Núm.-3,773.- Santiago, 11 de Julio de 1961.- Vistos estos antecedentes, y

    Considerando:

    1.o Que las diversas leyes y decretos sobre división territorial para la provincia de Magallanes suman un conjunto de disposiciones de consulta difíciles para establecer claramente cuáles de ellas son las que están vigentes;
    2.o Que hay necesidad imprescindible de remediar esta situación, para el nombramiento de inspectores y jueces de distrito, para el arreglo de los roles de propietarios, para los fines de la estadística y censos, y muchas veces para la debida constitución de la propiedad y de la familia;
    3.o Que no se han redactado hasta ahora de manera metódica los límites del Territorio Chileno Antártico, incluyéndolo en nuestro estatuto jurídico administrativo para que se considere en toda forma en la vida activa de la nación;
    4.o Que es necesario reunir en un solo texto las diversas disposiciones relativas a la división territorial de Magallanes, registrando aquellas que dicen relación con el Territorio Chileno Antártico, para facilitar su consulta;
    5.o Teniendo presente lo informado por la Dirección de Estadística y Censos y por las autoridades administrativas y locales de la provincia de Magallanes, todas las cuales han colaborado en la preparación y levantamiento de los últimos censos, considerando los distritos fijados por estos decretos, por la imposibilidad de identificar en el terreno los antiguos;
    6.o Teniendo presente lo dispuesto en los decretos con fuerza de ley N.os 354, de 17 de Marzo de 1925, que fijó por primera vez límites sobre bases técnicas a los departamentos del país; 8,582 y 8,583; de 30 de Diciembre de 1927, que reestructuraron totalmente la división territorial; 2,335, de 22 de Mayo de 1929, que fijó nuevos límites a los departamentos del territorio nacional; 1,996, de 31 de Mayo de 1929, que ajustó los límites de algunos territorios departamentales, y el decreto N.o 98, de 22 de Mayo de 1927, que fija límites a las comunas del territorio de Magallanes, y la ley N.o 13,375, de 9 de Septiembre de 1959, que modificó el límite entre las provincias de Aysen y Magallanes;
    7.o Teniendo presente, también, las disposiciones de la ley N.o 11,846, de 21 de Junio de 1955, y los decretos N.os 1.747 y 298, de 6 de Noviembre de 1940, y 17 de Julio de 1956, respectivamente, del Ministerio de Relaciones Exteriores:
    8.o Teniendo presente, además, las facultades que me confieren el artículo 2.o de la ley N.o 4,544, de 25 de Enero de 1929, y el artículo 1.o de la ley N.o 4,896, de 5 de Septiembre de 1930, en lo que se refiere a la provincia de Magallanes, y
    9.o Lo dispuesto en los artículos 93 y 101 de la Constitución Política del Estado, sobre la administración local de cada comuna o agrupación de comunas establecidas por ley,

    Decreto:

    Artículo 1.o Los departamentos en que se divide la provincia de Magallanes comprenderán, respectivamente, las comunas-subdelegaciones siguientes:

    DEPARTAMENTO DE ULTIMA ESPERANZA

    Comprenderá las comunas-subdelegaciones de Natales y Cerro Castillo.

    DEPARTAMENTO DE MAGALLANES

    Comprenderá las comunas-subdelegaciones de Magallanes, Río Verde, Morro Chico, San Gregorio y La Antártica.

    DEPARTAMENTO DE TIERRA DEL FUEGO

    Comprenderá las comunas-subdelegaciones de Porvenir, Primavera, Bahía Inútil y Navarino.

    Artículo 2.o La provincia de Magallanes, los departamentos y las comunas-subdelegaciones que se mencionan en el artículo que precede tienen los límites y se dividirán en los distritos que a continuación se expresan:

    PROVINCIA DE MAGALLANES

    Sus límites son:

    Al Norte, los canales del Castillo, Fallos, Adalberto y Messier, desde la desembocadura del canal del Castillo en el Océano Pacífico Sur hasta el seno Iceberg; el seno Iceberg, desde el canal Messier, hasta su extremo inferior o sur, y una línea recta, desde el extremo inferior o sur del seno Iceberg hasta la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy, sobre la frontera con Argentina.
    Al este, la frontera con Argentina, el Océano Pacífico Sur, el Mar de Weddell y el meridiano 53º Oeste de Greenwich, del Territorio Chileno Antártico, desde la cumbre del cerro Chaltel a Fitz Roy, sobre la frontera con Argentina, hasta el Polo Sur.
    Al Sur, el Polo Sur.
    Al Oeste, el meridiano 90º Oeste de Greenwich, del Territorio Chileno Antártico, el Mar de Bellingshausen y el Océano Pacífico Sur, desde el Polo Sur hasta la desembocadura del canal del Castillo.
    La capital de la provincia de Magallanes es la ciudad de Punta Arenas.

    DEPARTAMENTO DE ULTIMA ESPERANZA

    Sus límites son:

    Al Norte, los canales del Castillo, Fallos, Adalberto y Messier, desde la desembocadura del canal del Castillo en el Océano Pacífico Sur hasta el seno Iceberg; el seno Iceberg, desde el canal Messier hasta su extremo interior o sur, y una línea recta, desde el extremo inferior o sur del seno Iceberg hasta la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy, sobre la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy, sobre dicha frontera con Argentina, hasta el río Chorrillo de los Alambres.
    Al Sur, el río Chorrillo de los Alambres, desde la frontera con Argentina hasta su desembocadura en el río Tranquilo; el río Tranquilo, desde la desembocadura del río Chorrillo de los Alambres, hasta su desembocadura en el lago Balmaceda; el lago Balmaceda, desde la desembocadura del río Tranquilo hasta el origen del río Hollemberg; el río Hollemberg, desde su origen en el lago Balmaceda hasta su desembocadura en el golfo Almirante Montt, y el golfo Almirante Montt y los canales Valdés, Kirke, Morla Vicuña, Unión, Victoria y Smith y el estrecho de Nelson, desde la desembocadura del río Hollemberg hasta la desembocadura del estrecho de Nelson, en el Océano Pacífico Sur.
    Al Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la desembocadura del estrecho de Nelson hasta la desembocadura del canal del Castillo.
    La cabecera del departamento de Ultima Esperanza es la ciudad de Puerto Natales.

    Comuna-subdelegación de Natales

    Sus límites son:
    Al Norte, los canales del Castillo, Fallos, Adalberto y Messier, desde la desembocadura del canal del Castillo en el Océano Pacífico Sur hasta el seno Iceberg; el seno Iceberg, desde el canal Messier hasta su extremo inferior o sur, y una línea recta, desde el extremo inferior o sur del seno Iceberg hasta la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy, sobre la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy, hasta la cumbre del cerro Cubo; la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano, desde la cumbre del cerro Cubo hasta la prolongación del deslinde norte del Lote N.o 11 del plano de hijuelación de Natales; el deslinde norte del Lote N.o 11 antes mencionado y sus prolongaciones, desde la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano hasta dicho río; el río Serrano y el seno Ultima Esperanza, desde la prolongación del deslinde norte del Lote N.o 11 del plano de hijuelación de Natales, hasta el deslinde oeste de la estancia Dos Lagunas; el deslinde oeste y norte de la estancia Dos Lagunas, desde el seno Ultima Esperanza hasta la frontera con Argentina, y la frontera con Argentina, desde el deslinde norte de la estancia Dos Lagunas hasta el río Chorrillo de los Alambres.
    Al Sur, el río Chorrillo de los Alambres, desde la frontera con Argentina hasta su desembocadura en el río Tranquilo; el río Tranquilo, desde la desembocadura del río Chorrillo de los Alambres hasta su desembocadura en el lago Balmaceda; el lago Balmaceda, desde la desembocadura del río Tranquilo hasta el origen del río Hollemberg; el río Hollemberg, desde su origen en el lago Balmaceda hasta su desembocadura en el golfo Almirante Montt, y el golfo Almirante Montt y los canales Valdés, Kirke, Morla Vicuña, Unión, Victoria y Smith y estrecho de Nelson, desde la desembocadura del río Hollemberg hasta la desembocadura del estrecho de Nelson, en el Océano Pacífico Sur.
    Al Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la desembocadura del estrecho de Nelson hasta la desembocadura del canal del Castillo.
    La comuna-subdelegación de Natales se divide en seis distritos, a saber: 1.o, Natales Oriente; 2.o, Natales Poniente; 3.o, Antonio Varas; 4.o, Archipiélago; 5.o, Dos Lagunas, y 6.o, Llanuras de Diana.

    Distrito N.o 1.- Natales Oriente

    Sus límites son:
    Al Norte y Este, el deslinde la estancia Bories con la ciudad de Puerto Natales, desde el deslinde oeste del predio de José Iglesias hasta la calle Baquedano.
    Al Sur y Oeste, la calle Baquedano, desde el deslinde de la estancia Bories hasta la calle Angamos; la calle Angamos y su prolongación en línea recta, desde la calle Baquedano hasta el estero Natales; el estero Natales, desde la prolongación de la calle Angamos hasta el deslinde oeste del predio de Carabineros de Chile; y el deslinde oeste de los predios de Carabineros de Chile y de José Iglesias, desde el cerro Natales hasta el deslinde de la estancia Bories con la ciudad de Puerto Natales.

    Distrito N.o 2.- Natales Poniente

    Sus límites son:
    Al Norte, el estero Natales, desde SU desembocadura en el seno de Ultima Esperanza hasta la prolongación de la calle Angamos.
    Al Este, la prolongación de la calle Angamos y dicha calle, desde el estero Natales hasta la calle Baquedano; la calle Baquedano, desde la calle Angamos hasta el deslinde de la estancia Bories con la ciudad de Puerto Natales, y el deslinde de la estancia Bories con la ciudad de Puerto Natales, desde la calle Baquedano hasta el seno Ultima Esperanza.
    Al Sur y Oeste, el seno Ultima Esperanza, desde el deslinde de la estancia Bories con la ciudad de Puerto Natales hasta la desembocadura del estero Natales.

    Distrito N.o 3.- Antonio Varas

    Sus límites son:
    Al Norte, el deslinde norte del Lote N.o 11 del plano de hijuelación de Natales y sus prolongaciones, desde la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano hasta dicho río.
    Al Este, el río Serrano y el seno Ultima Esperanza, desde la prolongación del lindero norte del Lote N.o 11 del plano de hijuelación de Natales hasta el golfo Almirante Montt.
    Al Sur, el golfo Almirante Montt y los canales Valdés, Kirke y Morla Vicuña, desde el seno Ultima Esperanza hasta el canal de Las Montañas.
    Al Oeste, el canal de Las Montañas, desde el canal Morla Vicuña hasta la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano, y la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano, desde el canal de Las Montañas hasta la prolongación del lindero norte del Lote número 11 del plano de hijuelación de Natales.

    Distrito N.o 4.- Archipiélago

    Sus límites son:
    Al Norte, los canales del Castillo, Fallos, Adalberto y Messier, desde la desembocadura del canal del Castillo en el Océano Pacífico Sur hasta el seno Iceberg; el seno Iceberg, desde el canal Messier hasta su extremo inferior o sur, y una línea recta, desde el extremo inferior o sur del seno Iceberg hasta la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy, sobre la frontera con Argentina.
    Al este, la frontera con Argentina, desde la cumbre del cerro Chaltel o Fitz Roy hasta la cumbre del cerro Cubo, ambos sobre la frontera con Argentina; la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano, desde la cumbre del cerro Cubo hasta el canal de Las Montañas, y el canal de Las Montañas, desde la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano hasta el canal Morla Vicuña.
    Al Sur, los canales Morla Vicuña, Unión, Victoria y Smith y estrecho de Nelson, desde el canal de Las Montañas hasta la desembocadura del estrecho de Nelson, en el Océano Pacífico Sur.
    Al Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la desembocadura del estrecho de Nelson hasta la desembocadura del canal del Castillo.

    Distrito N.o 5.- Dos Lagunas

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde norte de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories, desde su deslinde oeste hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el deslinde norte de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories, hasta el lindero sur de esta misma estancia.
    Al Sur, el lindero sur de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories, desde la frontera con Argentina hasta el seno Ultima Esperanza.
    Al Oeste, el seno Ultima Esperanza, desde el lindero sur de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories, hasta el lindero oeste de dicha estancia, y el lindero oeste de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories, desde el seno Ultima Esperanza hasta el lindero norte de esta misma estancia.

    Distrito N.o 6.- Llanuras de Diana

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde sur de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories, desde el seno Ultima Esperanza hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el deslinde sur de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories, hasta el río Chorrillo de los Alambres.
    Al Sur, el río Chorrillo de los Alambres, desde la frontera con Argentina hasta su desembocadura en el río Tranquilo; el río Tranquilo, desde la desembocadura del río Chorrillo de los Alambres hasta el lago Balmaceda; el lago Balmaceda, desde la desembocadura del río Tranquilo hasta el origen del río Hollemberg, y el río Hollemberg, desde su origen en lago Balmaceda, hasta su desembocadura en el golfo Almirante Montt.
    Al Oeste, el golfo Almirante Montt y el seno Ultima Esperanza, desde la desembocadura del río Hollemberg hasta el deslinde entre la estancia Bories y la ciudad de Puerto Natales; el deslinde entre la estancia Bories y la ciudad de Puerto Natales, desde el seno Ultima Esperanza hasta el deslinde oeste del predio de José Iglesias; el deslinde oeste de los predios de José Iglesias y de Carabineros de Chile, desde el deslinde de la estancia Bories hasta el estero Natales; el estero Natales, desde el deslinde oeste del predio de Carabineros de Chile hasta su desembocadura en el seno Ultima Esperanza, y el seno Ultima Esperanza, desde la desembocadura del estero Natales hasta el deslinde sur de la estancia DOS Lagunas.

    Comuna-subdelegación de Cerro Castillo

    Sus límites son:

    Al Norte y Este, la frontera con Argentina, desde la cumbre del cerro Cubo, sobre la frontera con Argentina, hasta el deslinde norte de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories.
    Al Sur, el deslinde norte y oeste de la estancia Dos Lagunas, desde la frontera con Argentina hasta el seno Ultima Esperanza; el seno Ultima Esperanza y el río Serrano, desde el deslinde oeste de la estancia Dos Lagunas hasta la prolongación del deslinde norte del lote N.o 11 del plano de hijuelación de Natales, y el deslinde antes mencionado y sus prolongaciones, desde el río Serrano hasta la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano.
    Al Oeste, la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano, desde la prolongación del deslinde norte del Lote N.o 11 del plano hijuelación de Natales hasta la cumbre del cerro Cubo.
    La comuna-subdelegación de cerro Castillo se divide en cuatro distritos, a saber: 1.o Cerro Castillo; 2.o Río Serrano, 3.o Laguna Azul y 4.o Cerro Guido.

    Distrito N.o 1.- Cerro Castillo

    Sus límites son:

    Al Norte, el lago Pehoe, desde el deslinde oeste de la estancia Lazo, sección estancia Cerro Castillo, hasta el desagüe del lago Sarmiento; el desagüe del lago Sarmiento y este lago, desde el lago Pehoe hasta el deslinde norte de la estancia Cerro Castillo, y el deslinde norte de la estancia Cerro Castillo, desde el lago Sarmiento hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el deslinde norte de la estancia Cerro Castillo hasta el deslinde norte de la estancia Dos Lagunas, sección estancia Bories.
    Al Sur, el deslinde norte de la estancia Dos Lagunas, desde la frontera con Argentina hasta el deslinde oeste de la estancia Tres Pasos, sección estancia Cerro Castillo.
    Al Oeste, el deslinde oeste de las estancias Tres Pasos y Kark, sección estancia Cerro Castillo, desde el deslinde norte de la estancia Dos Lagunas hasta el lago Porteño; el lago Porteño y su desagüe, desde el deslinde oeste de la estancia Kark hasta el lago del Toro; el lago del Toro, desde el desagüe del lago Porteño hasta el río Serrano; el río Serrano, desde el lago del Toro hasta el deslinde oeste de la estancia Lazo, sección estancia Cerro Castillo, y el deslinde oeste de la estancia Lazo, sección estancia Cerro Castillo, desde el río Serrano hasta el lago Pehoe.

    Distrito N.o 2.- Río  Serrano

    Sus límites son:

    Al Norte, el ventisquero Grey, desde la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano hasta el deslinde norte de la estancia Río Paine, y el deslinde norte de la estancia Río Paine, desde el ventisquero Grey hasta el lago Nordenskjöld.
    Al Este, el lago Nordenskjöld y su desagüe, desde el lindero norte de la estancia Río Paine hasta el lago Pehoe; el lago Pehoe, desde el desagüe del lago Nordenskjöld hasta el deslinde oeste de la estancia Lazo, sección estancia Cerro Castillo; el deslinde oeste de la estancia Lazo, sección estancia Cerro Castillo, desde el lago Pehoe hasta el río Serrano; el río Serrano, desde el deslinde oeste de la estancia Lazo, sección estancia Cerro Castillo, hasta el lago del Toro; el lago del Toro, desde el río Serrano hasta el desagüe del lago Porteño; el lago Porteño y su desagüe, desde el lago del Toro hasta el deslinde oeste de la estancia Kark, sección estancia Cerro Castillo, y el deslinde oeste de las estancias Kark, Tres Pasos y Dos Lagunas, desde el lago Porteño hasta el seno Ultima Esperanza.
    Al Sur, el seno Ultima Esperanza y el río Serrano, desde el deslinde oeste de la estancia Dos Lagunas hasta la prolongación del deslinde norte del Lote N.o 11 del plano de hijuelación de Natales, y el deslinde norte del Lote N.o 11 del plano de hijuelación de Natales y sus prolongaciones, desde el río Serrano hasta la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano.
    Al Oeste, la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano, desde la prolongación del deslinde norte del Lote N.o 11 del plano de hijuelación de Natales hasta el ventisquero Grey.

    Distrito N.o 3.-Laguna Azul

    Sus límites son:

    Al Norte y Este, la frontera con Argentina, desde el cerro Cubo hasta el deslinde norte de la estancia Cerro Guido.
    Al Sur, el deslinde norte de las estancias Cerro Guido y Laguna Amarga; sección estancia Cerro Guido, desde la frontera con Argentina hasta el deslinde oeste de la estancia Laguna Amarga; el deslinde oeste de la estancia Laguna Amarga, desde su deslinde norte hasta el lago Nordenskjöld; el lago Nordenskjöld, desde el deslinde oeste de la estancia Laguna Amarga hasta el deslinde norte de la estancia Río Paine; el deslinde norte de la estancia Río Paine, desde el lago Nordenskjöld hasta el ventisquero Grey, y el ventisquero Grey, desde el deslinde norte de la estancia Río Paine hasta la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano.
    Al Oeste, la línea de cumbres que limita por el oeste la hoya hidrográfica del río Serrano, desde el ventisquero Grey hasta el cerro Cubo.

    Distrito N.o 4.-Cerro Guido

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde norte de las estancias Laguna Amarga, sección estancia Cerro Guido, y Cerro Guido, desde el deslinde oeste de la estancia Laguna Amarga hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el deslinde norte de la estancia Cerro Guido hasta el deslinde norte de la estancia Cerro Castillo.
    Al Sur, el deslinde norte de la estancia Cerro Castillo, desde la frontera con Argentina hasta el lago Sarmiento, y el lago Sarmiento y su desagüe, desde el deslinde norte de la estancia Cerro Castillo hasta el lago Nordenskjöld.
    Al Oeste, el lago Nordenskjöld, desde el desagüe del lago Sarmiento hasta el deslinde oeste de la estancia Laguna Amarga, sección estancia Cerro Guido, y el deslinde oeste de la estancia Cerro Guido, desde el lago Nordenskjöld hasta el deslinde norte de esta misma estancia.
    Las comunas-subdelegaciones de Natales y Cerro Castillo forman una sola agrupación Municipal, cuya cabecera es la ciudad de Puerto Natales.

    DEPARTAMENTO DE MAGALLANES

    Sus límites son:

    Al Norte, el estrecho de Nelson, canal Smith, paso Victoria, seno Unión, canal Morla Vicuña, paso Kirke, canal Valdés, y el golfo Almirante Montt, desde la desembocadura del estrecho de Nelson en el Océano Pacífico Sur hasta la desembocadura del río Hollemberg; el río Hollemberg, desde su desembocadura en el golfo Almirante Montt hasta su origen en el lago Balmaceda; el lago Balmaceda, desde el origen del río Hollemberg hasta la desembocadura del río Tranquilo; el río Tranquilo, desde su desembocadura en el lago Balmaceda hasta el río Chorrillo de los Alambres; el río Chorrillo de los Alambres, desde la desembocadura del río Tranquilo hasta la frontera con Argentina, y la frontera con Argentina, desde el río Chorrillo de los Alambres hasta la punta Dungeness, sobre el Estrecho de Magallanes.
    Al Este, el Estrecho de Magallanes, desde la frontera con Argentina, en dicho Estrecho, hasta su desembocadura en el Océano Pacífico Sur; el Océano Pacífico Sur y el mar de Weddell, desde el Estrecho de Magallanes hasta el meridiano 53º Oeste de Greenwich, del Territorio Chileno Antártico, y el meridiano 53º Oeste de Greenwich del Territorio Chileno Antártico, desde el mar de Weddell hasta el Polo Sur.

    Al Sur, el Polo Sur.

    Al Oeste, el meridiano 90º Oeste de Greenwich del Territorio  Chileno Antártico, desde el Polo Sur hasta el mar de Bellingshausen, y el mar de Bellingshausen y el Océano Pacífico Sur, desde el meridiano 90º Oeste de Greenwich del Territorio Chileno Antártico, hasta la desembocadura del estrecho de Nelson.
    La cabecera del departamento de Magallanes es la ciudad de Punta Arenas.

    Comuna-subdelegación de Magallanes

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde norte de las estancias Puerto Pecket y Sección Pecket, desde el seno Otway hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Este y Sur, el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde norte de la estancia Sección Pecket hasta el canal San Gerónimo.
    Al Oeste, el canal San Gerónimo, desde el Estrecho de Magallanes hasta el seno Otway, y el seno Otway, desde el canal San Gerónimo hasta el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket.
    La comuna-subdelegación de Magallanes se divide en nueve distritos, a saber: 1.o Miraflores, 2.o Pudeto, 3.o Centro, 4.o Catalina, 5.o Colonia Suiza, 6.o Río Seco, 7.o Cabo Negro, 8.o Silva Palma y 9.o Agua Fresca.

    Distrito N.o 1.-Miraflores

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde sur de la estancia Mina Loreto y sus prolongaciones en línea recta, desde el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal hasta el camino que empalma con la Avenida Independencia, y el camino antes mencionado y la Avenida Independencia, desde la prolongación en línea recta del deslinde sur de la estancia Mina Loreto hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Este, el Estrecho de Magallanes, desde la Avenida Independencia hasta el deslinde norte de la estancia Río de los Ciervos.
    Al Sur, el deslinde norte de la estancia Río de los Ciervos, desde el Estrecho de Magallanes hasta el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal.
    Al Oeste, el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal, desde el deslinde norte de la estancia Río de los Ciervos hasta la prolongación en línea recta del deslinde sur de la estancia Mina Loreto.

    Distrito N.o 2.-Pudeto

    Sus límites son:

    Al Norte, el río de Las Minas, desde el deslinde oriente de las estancias Mina Loreto hasta la Avenida España.
    Al Este, la Avenida España, desde el río de Las Minas hasta la Avenida Independencia.
    Al Sur, la Avenida Independencia, el camino que la continúa y su prolongación, desde la Avenida España hasta el deslinde sur de la estancia Mina Loreto.
    Al Oeste, el deslinde oriente de la estancia Mina Loreto, desde su deslinde sur hasta el río de Las Minas.

    Distrito N.o 3.- Centro

    Sus límites son:

    Al Norte, la Avenida Colón, desde la Avenida España hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Este, el Estrecho de Magallanes, desde la Avenida Colón hasta la Avenida Independencia.
    Al Sur, la Avenida Independencia, desde el Estrecho de Magallanes hasta la Avenida España.
    Al Oeste, la Avenida España, desde la Avenida Independencia hasta la Avenida Colón.

    Distrito N.o 4.- Catalina

    Sus límites son:

    Al Norte y Este, el Estrecho de Magallanes, desde la Avenida Bulnes hasta la Avenida Colón.
    Al Sur, la Avenida Colón, desde el Estrecho de Magallanes hasta la Avenida España.
    Al Oeste, la Avenida España, desde la Avenida Colón hasta la calle Sarmiento; la calle Sarmiento, desde la Avenida España hasta la Avenida Bulnes, y la Avenida Bulnes, desde la calle Sarmiento hasta el Estrecho de Magallanes.

    Distrito N.o 5.- Colonia Suiza

    Sus límites son:

    Al Norte, los deslindes sur y oriente de la estancia Río Grande, desde el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal hasta el deslinde norte del fundo Tres Puentes, de Bitsch, y el deslinde norte del fundo antes mencionado, desde el deslinde oriente de la estancia Río Grande hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Este, el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde norte del fundo Tres Puentes, de Bitsch, hasta la Avenida Bulnes, y la Avenida Bulnes, desde el Estrecho de Magallanes hasta la calle Sarmiento.
    Al Sur, la calle Sarmiento, desde la Avenida Bulnes hasta la Avenida España; la Avenida España, desde la calle Sarmiento hasta el río Las Minas; el río Las Minas, desde la Avenida España hasta el deslinde oriente de la estancia Mina Loreto, y los deslindes oriente y sur, prolongados en línea recta, de la estancia Mina Loreto, desde el río Las Minas hasta el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal.
    Al Oeste, el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal, desde la prolongación del deslinde sur de la estancia Mina Loreto hasta el deslinde sur de la estancia Río Grande.

    Distrito N.o 6.- Río Seco

    Sus deslindes son:

    Al Norte, el deslinde sur de la estancia Puerto Pecket, desde el seno Otway hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Este, el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde sur de la estancia Puerto Pecket hasta el deslinde norte del fundo Tres Puentes, de Bitsch.
    Al Sur, el deslinde norte del fundo Tres Puentes, de Bitsch, desde el Estrecho de Magallanes hasta el deslinde norte de la estancia Río Grande, y el deslinde norte de la estancia Río Grande, desde el deslinde norte del fundo Tres Puentes, de Bitsch, hasta el seno Otway.
    Al Oeste, el seno Otway, desde el deslinde norte de la estancia Río Grande hasta el deslinde sur de la estancia Puerto Pecket.

    Distrito N.o 7.- Cabo Negro

    Sus límites son:
    Al Norte, el deslinde norte de las estancias Puerto Pecket y Sección Pecket, desde el seno Otway hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Este, el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde norte de la estancia Sección Pecket hasta el deslinde sur de la estancia Puerto Pecket.
    Al Sur, el deslinde sur de la estancia Puerto Pecket, desde el Estrecho de Magallanes hasta el seno Otway.
    Al Oeste, el seno Otway, desde el deslinde sur de la estancia Puerto Pecket hasta el deslinde norte de la misma estancia.

    Distrito N.o 8.- Silva Palma

    Sus límites son:
    Al Norte, el seno Otway, desde el canal San Gerónimo hasta el deslinde sur de la estancia Los Canelos.
    Al Este, el deslinde sur-poniente de las estancias Los Canelos y Agua Fresca, desde el seno Otway hasta el río San Juan, y el río San Juan, desde el deslinde sur de la estancia Agua Fresca hasta su desembocadura en el Estrecho de Magallanes.
    Al Sur, el Estrecho de Magallanes, desde la desembocadura del río San Juan hasta el canal San Gerónimo.
    Al Oeste, el canal San Gerónimo, desde el Estrecho de Magallanes hasta el sena Otway.

    Distrito N.o 9.- Agua Fresca

    Sus límites son:

    Al Norte, el seno Otway, desde el deslinde sur de la estancia Los Canelos hasta el deslinde norte de la estancia Río Grande, y el deslinde norte de la estancia Río  Grande, desde el seno Otway hasta el lindero oriente de esta misma estancia.
    Al Este, el lindero oriente y sur de la estancia Río Grande, desde su lindero norte hasta el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal; el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal, desde el lindero sur de la estancia Río Grande hasta el deslinde norte de la estancia Río de los Ciervos; el deslinde antes mencionado, desde el deslinde oriente de la Reserva Forestal Fiscal hasta el Estrecho de Magallanes, y el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde norte de la estancia Río de los Ciervos hasta la desembocadura del río San Juan.
    Al Sur y Oeste, el río San Juan, desde su desembocadura en el Estrecho de Magallanes hasta el deslinde sur y sur-poniente de las estancias Agua Fresca y Los Canelos, y el deslinde antes mencionado, desde el río San Juan hasta el seno Otway.

    Comuna-subdelegación de Río  Verde

    Sus límites son:

    Al Norte, el estrecho de Nelson, canal Smith, paso Victoria, seno Unión, canal Morla Vicuña, paso Kirke, canal Valdés, golfo Almirante Montt y seno Obstrucción, desde la desembocadura del estrecho de Nelson en el Océano Pacífico Sur hasta el deslinde sur de la estancia Río Blanco; el deslinde sur de las estancias Río Blanco, Lote N.o 9 y Lote N.o 11, desde el seno Obstrucción hasta el deslinde poniente de la estancia San Antonio; el deslinde poniente antes mencionado, desde el deslinde Sur del Lote N.o 11 hasta el deslinde sur de la estancia San Antonio; el deslinde sur de las estancias San Antonio y Verano, desde el deslinde poniente de la estancia San Antonio hasta el deslinde poniente de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, y los deslindes poniente y sur de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, desde el deslinde sur de la estancia Verano hasta el deslinde oriente de la estancia Monte Bello.
    Al Este, el deslinde oriente de la estancia Monte Bello, desde el deslinde sur de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, hasta el seno Otway.
    Al Sur, el seno Otway, canal San Gerónimo y Estrecho de Magallanes, desde el deslinde oriente de la estancia Monte Bello hasta la desembocadura del Estrecho de Magallanes, en el Océano Pacífico Sur.
    Al Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la desembocadura del Estrecho de Magallanes hasta la desembocadura del estrecho de Nelson.
    La comuna-subdelegación de Río Verde se divide en tres distritos, a saber: 1.o Vaquería del Norte, 2.o Isla Riesco y 3.o Muñoz Gamero.

    Distrito N.o 1.-Vaquería del Norte

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde sur de las estancias Río Blanco, Lote N.o 9 y Lote N.o 11, desde el seno Obstrucción hasta el deslinde poniente de la estancia San Antonio; el deslinde poniente de la estancia San Antonio, desde el deslinde sur del Lote N.o 11 hasta el deslinde sur de la estancia San Antonio; el deslinde sur de las estancias San Antonio y Verano, desde el deslinde poniente de la estancia San Antonio hasta el deslinde poniente de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, y los deslindes poniente y sur de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, desde el deslinde sur de la estancia Verano hasta el deslinde oriente de la estancia Monte Bello.
    Al Este, el deslinde oriente de la estancia Monte Bello, desde el deslinde sur de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, hasta el seno Otway.
    Al Sur, el seno Otway, canal Fitz Roy y el seno Skiring, incluyendo las islas ubicadas en éste, desde el deslinde oriente de la estancia Monte Bello hasta el extremo oeste del seno Skiring.
    Al Oeste, la menor distancia entre el extremo oeste del seno Skiring y el extremo sur del seno Obstrucción, a través de los lagos existentes entre ambos (camino de Los Indios) y el seno Obstrucción, desde su extremo sur hasta el deslinde sur de la estancia Río Blanco.

    Distrito N.o 2.-Isla Riesco

    Sus límites son:

    Al Norte, el seno Skiring, desde el canal Gajardo hasta el canal Fitz Roy, excluyendo las islas ubicadas en él.
    Al Este, el canal Fitz Roy, desde el seno Skiring hasta el seno Otway.
    Al Sur, el seno Otway, canal San Gerónimo y Estrecho de Magallanes, desde el canal Fitz Roy hasta el canal Gajardo.
    Al Oeste, el canal Gajardo, desde el Estrecho de Magallanes hasta el seno Skiring.

    Distrito N.o 3.-Muñoz Gamero

    Sus límites son:

    Al Norte, el estrecho de Nelson, canal Smith, paso Victoria, seno Unión, canal Morla Vicuña, paso Kirke, canal Valdés y golfo Almirante Montt, desde la desembocadura del estrecho de Nelson, en el Océano Pacífico Sur, hasta el seno Obstrucción.
    Al Este, el seno Obstrucción, desde el golfo Almirante Montt hasta su extremo sur; la menor distancia entre el extremo sur del seno Obstrucción y el extremo este del seno Skiring, a través de los lagos existentes entre ambos (camino de Los Indios); el seno Skiring, desde su extremo oeste hasta el canal Gajardo, y el canal Gajardo, desde el seno Skiring hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Sur, el Estrecho de Magallanes, desde la desembocadura del canal Gajardo hasta su desembocadura en el Océano Pacífico Sur.
    Al Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la desembocadura del Estrecho de Magallanes hasta la desembocadura del estrecho de Nelson.

    Comuna-subdelegación de Morro Chico

    Sus límites son:
    Al Norte, el golfo Almirante Montt, desde el seno Obstrucción hasta la desembocadura del río Hollemberg; el río Hollemberg, desde su desembocadura en el golfo Almirante Montt hasta su origen en el lago Balmaceda; el lago Balmaceda, desde el origen del río Hollemberg hasta la desembocadura del río Tranquilo; el río Tranquilo, desde su desembocadura en el lago Balmaceda hasta el río Chorrillo de los Alambres; el río Chorrillo de los Alambres, desde su desembocadura en el río Tranquilo hasta la frontera con Argentina, y la frontera con Argentina, desde el río Chorrillo de los Alambres hasta el deslinde oriente de la estancia Laguna Blanca.
    Al Este, la línea de linderos que limita por el oriente, entre otras, las estancias Laguna Blanca, Monte Gallona y Josefina, desde la frontera con Argentina hasta el deslinde norte, de la estancia Puerto Pecket.
    Al Sur, el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket, desde la línea de linderos que limita por el oriente, entre otras, las estancias Laguna Blanca, Monte Gallona y Josefina, hasta el seno Otwav; el seno Otway, desde el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket hasta el deslinde oriente de la estancia Monte Bello; el deslinde oriente de la estancia Monte Bello, desde el seno Otway hasta el deslinde sur de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner; los deslindes sur y poniente de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, desde el deslinde oriente de la estancia Monte Bello hasta el deslinde sur de la estancia Verano; el deslinde sur de las estancias Verano y San Antonio, desde el deslinde poniente de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, hasta el deslinde poniente de la estancia San Antonio; el deslinde poniente de la estancia San Antonio, desde su deslinde sur hasta el deslinde sur de la estancia María, y el deslinde sur de las estancias María, La Silueta y Río Blanco, desde el deslinde poniente de la estancia San Antonio hasta el seno Obstrucción.
    Al Oeste, el seno Obstrucción, desde el deslinde sur de la estancia Río Blanco hasta el golfo Almirante Montt.
    La comuna-subdelegación de Morro Chico se divide en dos distritos, a saber: 1 o Laguna Blanca, y 2.o Río Rubens.

    Distrito N.o 1.-Laguna Blanca

    Sus límites son:

    Al Norte, la frontera con Argentina, desde la línea de linderos que separa las estancias Morro Chico y Sociedad Explotadora Tierra del Fuego hasta el deslinde oriente de la estancia Laguna Blanca.
    Al Este, la línea de linderos que limita por el oriente, entre otras, las estancias Laguna Blanca, Monte Gallona y Josefina, desde la frontera con Argentina hasta el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket.
    Al Sur, el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket, desde la línea de linderos que limita por el oriente, entre otras, las estancias Laguna Blanca, Monte Gallona y Josefina hasta el seno Otway; el seno Otway, desde el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket hasta el deslinde oriente de la estancia Monte Bello; el deslinde oriente de la estancia Monte Bello, desde el seno Otway hasta el deslinde sur de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner; los deslindes sur y poniente de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, desde el deslinde oriente de la estancia Monte Bello hasta el deslinde sur de la estancia Verano, y el deslinde sur de la estancia Verano, desde el deslinde poniente de la estancia Laguna Blanca, E. Wagner, hasta la línea de linderos que separa las estancias Verano y San Antonio.
    Al Oeste, la línea de linderos que separa las estancias Verano y Morro Chico, por una parte, de las estancias San Antonio, María, Monte Alto, Gerónima y Sociedad Explotadora Tierra del Fuego, por la otra, desde el lindero sur de la estancia Verano hasta la frontera con Argentina.

    Distrito N.o 2.- Río Rubens

    Sus límites son:

    Al Norte, el golfo Almirante Montt, desde .el seno Obstrucción hasta la desembocadura del río Hollemberg; el río Hollemberg, desde su desembocadura en el golfo Almirante Montt hasta su origen en el lago Balmaceda; el lago Balmaceda, desde el origen del río Hollemberg hasta la desembocadura del río Tranquilo; el río Tranquilo, desde su desembocadura en el lago Balmaceda hasta el río Chorrillo de los Alambres; el río Chorrillo de los Alambres, desde su desembocadura en el río Tranquilo hasta la frontera con Argentina, y la frontera con Argentina, desde el río Chorrillo de los Alambres hasta la línea de linderos que separa las estancias Sociedad Explotadora Tierra del Fuego y Morro Chico.
    Al Este, la línea de linderos que separa las estancias Sociedad Explotadora Tierra del Fuego, Gerónima, Monte Alto, María y San Antonio, por una parte, de las de Morro Chico y Verano, por la otra, desde la frontera con Argentina hasta el deslinde sur de las estancias Verano y San Antonio.
    Al Sur, el deslinde sur de la estancia San Antonio, desde el deslinde poniente de la estancia Verano hasta el deslinde poniente de la estancia San Antonio; el deslinde poniente de la estancia San Antonio, desde su deslinde sur, hasta el deslinde sur de la estancia María, y el deslinde sur de las estancias María, La Silueta y Río Blanco, desde el deslinde poniente de la estancia San Antonio hasta el seno Obstrucción.
    Al Oeste, el seno Obstrucción, desde el deslinde sur de la estancia Río Blanco hasta el golfo Almirante Montt.

    Comuna subdelegación de San Gregorio

    Sus límites son:

    Al Norte y Este, la frontera con Argentina, desde el deslinde oriente de la estancia Laguna Blanca hasta la punta Dungeness, sobre el Estrecho de Magallanes.
    Al Sur, el Estrecho de Magallanes, desde la frontera con Argentina, en dicho estrecho, hasta el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket, y el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket, desde el Estrecho de Magallanes hasta la línea de linderos que limita por el oriente, entre otras, las estancias Josefina, Monte Gallona y Laguna Blanca.
    Al Oeste, la línea de linderos que limita por el oriente, entre otras, las estancias Josefina, Monte Gallona y Laguna Blanca, desde el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket hasta la frontera con Argentina.

    La comuna-subdelegación de San Gregorio se divide en dos distritos, a saber: 1.o San Gregorio y 2.o Fenton.

    Distrito N.o 1.- San Gregorio

    Sus límites son:

    Al Norte y Este, la frontera con Argentina, desde el deslinde oriente de la estancia Puerto Dazy hasta la punta Dungeness, sobre el Estrecho de Magallanes.
    Al Sur, el Estrecho de Magallanes, desde la frontera con Argentina en dicho estrecho hasta el deslinde oriente de la estancia Puerto Dazy.
    Al Oeste, el deslinde oriente de la estancia Puerto Dazy, desde el Estrecho de Magallanes hasta la frontera con Argentina.

    Distrito N.o 2.- Fenton

    Sus límites son:

    Al Norte, la frontera con Argentina, desde el deslinde oriente de la estancia Laguna Blanca hasta el deslinde oriente de la estancia Puerto Dazy.
    Al Este, el deslinde oriente de la estancia Puerto Dazy, desde la frontera con Argentina hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Sur, el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde oriente de la estancia Puerto Dazy hasta el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket, y el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket, desde el Estrecho de Magallanes hasta la línea de linderos que limita por el oriente, entre otras, las estancias Josefina, Monte Gallona y Laguna Blanca.
    Al Oeste, la línea de linderos que limita por el oriente, entre otras, las estancias Josefina, Monte Gallona y Laguna Blanca, desde el deslinde norte de la estancia Puerto Pecket hasta la frontera con Argentina.

    Comuna-subdelegación de La Antártica

    Sus límites son:

    Al Norte, el Mar de Bellingshausen y el Paso de Drake, desde el meridiano 90° Oeste de Greenwich hasta el meridiano 53° Oeste de Greenwich.
    Al Este, el Mar de Weddell y el meridiano 53° Oeste de Greenwich, del Territorio Chileno Antártico, desde el Paso de Drake hasta el Polo Sur.
    Al Sur, el Polo Sur.
    Al Oeste, el meridiano 90° Oeste de Greenwich del Territorio Chileno Antártico, desde el Polo Sur hasta el Mar de Bellingshausen.

    La comuna-subdelegación de La Antártica se divide en dos distritos, a saber: 1.o Piloto Pardo y 2.o Tierra de 0‛Higgins.

    Distrito N.o 1.- Piloto Pardo

    Sus límites son:

    Al Norte, el Paso de Drake, desde el meridiano 64° Oeste de Greenwich hasta el meridiano 53° Oeste de Greenwich.
    Al Este, el meridiano 53° Oeste de Greenwich, desde el Paso de Drake hasta el estrecho de Bransfield.
    Al Sur, el estrecho de Bransfield, desde el meridiano 53° Oeste de Greenwich hasta el meridiano 64° Oeste de Greenwich.
    Al Oeste, el meridiano 64º Oeste de Greenwich, desde el estrecho de Bransfield hasta el Paso de Drake.

    Distrito N.o 2.- Tierra de 0‛Higgins.

    Sus límites son:

    Al Norte, el Mar de Bellingshausen y el estrecho de Bransfield, desde el meridiano 90° Oeste de Greenwich hasta el meridiano 53º Oeste de Greenwich.
    Al Este, el Mar de Weddell y el meridiano 53° Oeste de Greenwich, del Territorio  Chileno Antártico, desde el estrecho de Bransfield hasta el Polo Sur.
    Al Sur, el Polo Sur.
    Al Oeste, el meridiano 90° Oeste de Greenwich del Territorio Chileno Antártico, desde el Polo Sur hasta el Mar de Bellingshausen.

    Las comunas-subdelegaciones de Magallanes, Río Verde, Morro Chico, San Gregorio y La Antártica forman una sola agrupación Municipal, cuya cabecera es la ciudad de Punta Arenas.

    Departamento de Tierra del Fuego

    Sus límites son:

    Al Norte, el Estrecho de Magallanes, desde su desembocadura en el Océano Pacífico Sur hasta la frontera con Argentina, en dicho Estrecho, y en el Océano Atlántico.
    A Este, la frontera con Argentina, desde el Estrecho de Magallanes, en el Océano Atlántico, hasta el Océano Pacífico Sur.
    Al Sur y Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la frontera con Argentina hasta la desembocadura del Estrecho de Magallanes.
    Las islas Diego Ramírez pertenecen al departamento de Tierra del Fuego.
    La cabecera del departamento de Tierra del Fuego es la ciudad de Porvenir.

    Comuna-subdelegación de Porvenir

    Sus límites son:

    Al Norte, el Estrecho de Magallanes, desde su desembocadura en el Océano Pacífico Sur hasta la bahía Felipe.
    Al Este, la bahía Felipe, desde el Estrecho de Magallanes hasta el lindero oriente de la estancia Gente Grande; el lindero oriente de la estancia Gente Grande, desde la bahía Felipe hasta el lindero norte de la hijuela 131; el lindero norte de la hijuela 131, desde el lindero oriente de la estancia Gente Grande hasta el río del Oro; el río del Oro, desde el deslinde oriente de la hijuela 131 hasta el deslinde norte de la hijuela 132; el deslinde norte de las hijuelas 132, 141 y 142, desde el río del Oro hasta el deslinde oriente de la hijuela 142; el deslinde antes mencionado, desde el deslinde norte de la misma hijuela hasta el deslinde poniente de la estancia Caleta Josefina; el deslinde poniente de la estancia Caleta Josefina, desde el deslinde oriente de la hijuela 142 hasta la bahía Inútil, y la bahía Inútil y el canal Whiteside, desde el deslinde poniente de la estancia Caleta Josefina hasta el paso Cascada.
    Al Sur, el paso Cascada y los canales Gabriel, Magdalena y Cockburn, desde el canal Whiteside hasta el Océano Pacífico Sur.
    Al Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la desembocadura del canal Cockburn hasta la desembocadura del Estrecho de Magallanes.
    La comuna-subdelegación de Porvenir se divide en ocho distritos, a saber: 1.o, Porvenir. Norte; 2.o, Porvenir Sur; 3.o, Boquerón; 4.o, Río Oscuro; 5.o, Gente Grande; 6.o, María Eugenia; 7.o, Isla Dawson, y 8.o, Isla Clarence.

    Distrito N.o 1.- Porvenir Norte

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde sur de la colonia suburbana Laguna Cisnes, desde el Estrecho de Magallanes hasta la laguna Los Cisnes, y la ribera sur de la laguna Los Cisnes, desde el lindero sur de la colonia suburbana Laguna Cisnes hasta el lindero poniente de la hijuela 33.
    Al Este, el deslinde poniente de la hijuela 33 y el camino que parte desde esta misma hijuela al hangar del Club Aéreo, desde la ribera sur de la laguna Los Cisnes hasta el camino de Porvenir a Cordón Baquedano.
    Al Sur, el camino del Cordón Baquedano, desde el camino de la hijuela 33 al hangar del Club Aéreo hasta la calle Mariano Guerrero; la calle Mariano Guerrero y su prolongación, desde el camino que va al Cordón Baquedano hasta la bahía Porvenir, y la bahía Porvenir, desde la prolongación de la calle Mariano Guerrero hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Oeste, el Estrecho de Magallanes, desde la bahía Porvenir hasta el lindero sur de la colonia suburbana Laguna Cisnes.

    Distrito N.o 2.- Porvenir Sur

    Sus límites son:

    Al Norte, la bahía Porvenir, desde el Estrecho de Magallanes hasta la prolongación de la calle Mariano Guerrero; la calle Mariano Guerrero y su prolongación, desde la bahía Porvenir hasta el camino del Cordón Baquedano, y el camino del Cordón Baquedano, desde la calle Mariano Guerrero hasta el deslinde oriente de la hijuela 44.
    Al Este, el deslinde oriente de las hijuelas 44 y 68, desde el camino del Cordón Baquedano hasta el lindero norte de la hijuela 73.
    Al Sur, el deslinde norte de las hijuelas 73, 72, 71, 70 y 83, desde el deslinde oriente de la hijuela 68 hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Oeste, el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde norte de la hijuela 83 hasta la bahía Porvenir.

    Distrito N.o 3-Boquerón

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde norte de las hijuelas 83, 70, 71, 72 y 73, desde el Estrecho de Magallanes hasta el deslinde oriente de la hijuela 68; el deslinde oriente de las hijuelas 68 y 44, desde el deslinde norte de la hijuela 73 hasta el camino del Cordón Baquedano, y el camino del Cordón Baquedano, desde el deslinde oriente de la hijuela 44 hasta el deslinde norte de la hijuela 144.
    Al Este, el lindero norte y oriente de la hijuela 144, desde el camino del Cordón Baquedano hasta la bahía Inútil.
    Al Sur, la bahía Inútil, desde el lindero oriente de la hijuela 144 hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Oeste, el Estrecho de Magallanes, desde la bahía Inútil hasta el lindero norte de la hijuela 83.

    Distrito N.o 4.-Río Oscuro

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde norte de las hijuelas 132, 141 y 142, desde el río del Oro hasta el deslinde oriente de la hijuela 142, y el deslinde oriente de la hijuela 142, desde su deslinde norte hasta el deslinde poniente de la estancia Caleta Josefina.
    Al Este, el deslinde poniente de la estancia Caleta Josefina, desde el deslinde oriente de la hijuela 142 hasta la bahía Inútil.
    Al Sur, la bahía Inútil, desde el deslinde poniente de la estancia Caleta Josefina hasta el deslinde oriente de la hijuela 144.
    Al Oeste, el deslinde oriente y norte de la hijuela 144, desde la bahía Inútil hasta el camino que conduce al Cordón Baquedano, el camino antes mencionado, desde el deslinde norte de la hijuela 144 hasta el río del Oro, y el río del Oro, desde el camino que conduce al Cordón Baquedano hasta el deslinde norte de la hijuela 132.

    Distrito N.o 5.-Gente Grande

    Sus límites son:

    Al Norte, el Estrecho de Magallanes, desde el cabo San Vicente hasta la bahía Felipe.
    Al Este, la bahía Felipe, desde el Estrecho de Magallanes hasta el deslinde oriente de la estancia Gente Grande, y el deslinde oriente de la estancia Gente Grande, desde la bahía Felipe hasta el deslinde norte de la hijuela 169.
    Al Sur, el deslinde que separa la colonia suburbana Laguna Cisnes de la estancia Gente Grande, desde el deslinde norte de la hijuela 169 hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Oeste, el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde que separa la colonia suburbana Laguna Cisnes de la estancia Gente Grande hasta el cabo San Vicente.

    Distrito N.o 6.-María Eugenia

    Sus límites son:

    Al Norte, el deslinde que separa la colonia suburbana Laguna Cisnes de la estancia Gente Grande, desde el Estrecho de Magallanes hasta el deslinde norte de la hijuela 169; el deslinde norte de la hijuela 169, desde el deslinde que separa la colonia suburbana Laguna Cisnes de la estancia Gente Grande hasta el deslinde oriente de la estancia Gente Grande; el deslinde oriente de la estancia Gente Grande, desde el deslinde norte de la hijuela 169 hasta el deslinde norte de la hijuela 131, y el deslinde norte de la hijuela 131, desde el deslinde oriente de la estancia Gente Grande hasta el río del Oro.
    Al Este, el río del Oro, desde el deslinde norte de la hijuela 131 hasta el camino del Cordón Baquedano.
    Al Sur, el camino del Cordón Baquedano, desde el río del Oro hasta el camino que conduce de la hijuela 33 al hangar del Club Aéreo; el camino que conduce de la hijuela 33 al hangar del Club Aéreo y el deslinde poniente de dicha hijuela, desde el camino del Cordón Baquedano hasta la ribera sur de la Laguna Los Cisnes; la ribera sur de la laguna Los Cisnes, desde el deslinde poniente de la hijuela 33 hasta el deslinde sur de la colonia suburbana Laguna Cisnes, y el deslinde sur antes mencionado, desde la laguna Los Cisnes hasta el Estrecho de Magallanes.
    Al Oeste, el Estrecho de Magallanes, desde el deslinde sur de la colonia suburbana Laguna Cisnes hasta el deslinde entre esta colonia y la estancia Gente Grande.

    Distrito N.o 7.-Isla Dawson

    Sus límites son:

    Al Oeste y Norte, la ensenada Magdalena, desde el canal Gabriel hasta el Estrecho de Magallanes, y el Estrecho de Magallanes y la bahía Inútil, desde la ensenada Magdalena hasta el canal Whiteside.
    Al Este, el canal Whiteside, desde la bahía Inútil hasta el paso Cascada.
    Al Sur, el paso Cascada y el canal Gabriel, desde el Canal Whiteside hasta la ensenada Magdalena.

    Distrito N.o 8.-Isla Clarence

    Sus límites son:

    Al Norte, el Estrecho de Magallanes, desde su desembocadura en el Océano Pacífico hasta la ensenada Magdalena.
    Al Este, la ensenada Magdalena y el canal Magdalena, desde el estrecho de Magallanes hasta el canal Cockburn.
    Al Sur, el Canal Cockburn, desde el canal Magdalena hasta su desembocadura en el Océano Pacífico Sur.
    Al Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la desembocadura del canal Cockburn hasta la desembocadura del Estrecho de Magallanes.

    Comuna-subdelegación de Primavera

    Sus límites son:

    Al Norte, el Estrecho de Magallanes, desde la bahía Felipe hasta la frontera con Argentina, en dicho estrecho, y en el Océano Atlántico.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el Estrecho de Magallanes, en el Océano Atlántico, hasta el lindero norte de la estancia San Sebastián.
    Al Sur, el lindero norte de las estancias San Sebastián y Caleta Josefina, desde la frontera con Argentina hasta el lindero poniente de la estancia Caleta Josefina; el lindero poniente de la estancia Caleta Josefina, desde su lindero norte hasta el lindero oriente de la hijuela 142; el lindero oriente de la hijuela 142, desde el lindero poniente de la estancia Caleta Josefina hasta el lindero norte de la hijuela 142; el lindero norte de las hijuelas 142, 141 y 132, desde el lindero oriente de la hijuela 142 hasta el río del Oro; el río del Oro, desde el lindero norte de la hijuela 132 hasta el lindero norte la hijuela 131, y el lindero norte de la hijuela 131, desde el río del Oro hasta el lindero oriente de la estancia Gente Grande.
    Al Oeste, el lindero oriente de la estancia Gente Grande, desde el lindero norte de la hijuela 131 hasta la bahía Felipe.
    La comuna-subdelegación de Primavera se divide en tres distritos, a saber: 1.o, Manantiales, 2.o Bahía Felipe, y 3.o Punta Catalina.

    Distrito N.o 1.-Manantiales

    Sus límites son:

    Al Oeste, Norte y Este, el lindero poniente de las hijuelas 34 y 36 y su prolongación, desde el lindero sur de la hijuela 34 hasta la bahía Felipe; la bahía Felipe, desde la prolongación del lindero poniente de la hijuela 36 hasta el Estrecho de Magallanes; el Estrecho de Magallanes, desde la bahía Felipe, hasta la prolongación del lindero oriente de la hijuela 54a., en la bahía Lomas, y el lindero oriente de las hijuelas 54a., 56 y 57 y su prolongación, desde la bahía Lomas; hasta el lindero sur de la mencionada hijuela 57.
    Al Sur, el lindero sur de las hijuelas 57, 55, 35 y 34, desde el lindero oriente de la hijuela 57 hasta el lindero poniente de la hijuela 34.

    Distrito N.o 2.-Bahía Felipe

    Sus límites son:

    Al Norte, la bahía Felipe, desde el lindero oriente de la estancia Gente Grande hasta el lindero poniente de la hijuela 36; el lindero poniente de las hijuelas 36 y 34, desde la bahía Felipe hasta el lindero sur de la hijuela 34, y el lindero sur de las hijuelas 34, 35, 55 y 57, desde el lindero poniente de la hijuela 34 hasta el lindero oriente de la hijuela 58.
    Al Este, el lindero oriente de las hijuelas 58, 60a. y 61a., desde el lindero norte de la hijuela 58 hasta el lindero norte de la estancia Caleta Josefina.
    Al Sur, el lindero norte y poniente de la estancia Caleta Josefina, desde el lindero oriente de la hijuela 61a. hasta el lindero oriente de la hijuela 142; el lindero oriente de la hijuela 142, desde el lindero poniente de la estancia Caleta Josefina hasta el lindero norte de la hijuela 142; el lindero norte de las hijuelas 142, 141 y 132, desde el lindero oriente de la hijuela 142 hasta el río del Oro; el río del Oro, desde el lindero norte de la hijuela 132 hasta el lindero norte de la hijuela 131, y el lindero norte de la hijuela 131, desde el río del Oro hasta el lindero oriente de la estancia Gente Grande.
    Al Oeste, el lindero oriente de la estancia Gente Grande, desde el lindero norte de la hijuela 131 hasta la bahía Felipe.

    Distrito N.o 3.- Punta Catalina

    Sus límites son:

    Al Norte, el Estrecho de Magallanes, desde el lindero oriente de la hijuela 54a. hasta la frontera con Argentina, en dicho estrecho, y en el Océano Atlántico.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el Estrecho de Magallanes, en el Océano Atlántico, hasta el lindero norte de la estancia San Sebastián.
    Al Sur, el lindero norte de las estancias San Sebastián y Caleta Josefina, desde la frontera con Argentina hasta el deslinde oriente de la hijuela 61a.
    Al Oeste, el lindero oriente de las hijuelas 61a., 60a., 58, 57, 56 y 54a., desde el lindero norte de la estancia Caleta Josefina hasta el Estrecho de Magallanes.

    Comuna-subdelegación de Bahía Inútil

    Sus límites son:

    Al Norte, el lindero norte de las estancias Caleta Josefina y San Sebastián, desde el lindero poniente de la estancia Caleta Josefina hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el lindero norte de la estancia San Sebastián hasta el lago Fagnano.
    Al Sur, el lago Fagnano, desde la frontera con Argentina hasta el río Azopardo; el río Azopardo, desde el lago Fagnano hasta su desembocadura en el seno Almirantazgo, y el seno Almirantazgo, desde la desembocadura del río Azopardo hasta el canal Whiteside.
    Al Oeste, el canal Whiteside y la bahía Inútil, desde el canal Almirantazgo hasta el lindero poniente de la estancia Caleta Josefina, y el lindero poniente de la estancia Caleta Josefina, desde la bahía Inútil hasta el lindero norte de dicha estancia.
    La comuna-subdelegación de bahía Inútil se divide en cuatro distritos, a saber: 1.o, Caleta Josefina; 2.o, San Sebastián; 3.o, Cameron, y 4.o, Lago Fagnano.

    Distrito N.o 1.- Caleta Josefina

    Sus límites son:

    Al Norte, el lindero norte de la estancia Caleta Josefina, desde el lindero poniente de dicha estancia hasta el lindero poniente de la estancia San Sebastián.
    Al Este el lindero poniente de la estancia San Sebastián, desde el lindero norte de la estancia Caleta Josefina hasta el lindero sur de esta misma estancia.
    Al Sur, el lindero sur de la estancia Caleta Josefina, desde el lindero poniente de la estancia San Sebastián hasta la bahía Inútil.
    Al Oeste, la bahía Inútil, desde el lindero sur de la estancia Caleta Josefina hasta el lindero poniente de dicha estancia, y el lindero poniente de la estancia Caleta Josefina, desde la bahía Inútil hasta su lindero norte.

    Distrito N.o 2.- San Sebastián

    Sus límites son:

    Al Norte, el lindero norte de la estancia San Sebastián, desde el lindero poniente de dicha estancia hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el lindero norte de la estancia San Sebastián hasta su deslinde sur.
    Al Sur, el lindero sur de la estancia San Sebastián, desde la frontera con Argentina hasta el lindero poniente de dicha estancia.
    Al Oeste, el lindero poniente de la estancia San Sebastián, desde su lindero sur hasta su lindero norte.

    Distrito N.o 3.- Cameron

    Sus límites son:

    Al Norte, el lindero sur de las estancias Caleta Josefina y San Sebastián, desde la bahía Inútil hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el lindero sur de la estancia San Sebastián hasta el lindero sur de la estancia Cameron.
    Al Sur, el lindero sur de la estancia Cameron, desde la frontera con Argentina hasta el canal Whiteside.
    Al Oeste, el canal Whiteside y la bahía Inútil, desde el lindero sur de la estancia Cameron hasta el lindero sur de la estancia Caleta Josefina.

    Distrito N.o 4.- Lago Fagnano

    Sus límites son:

    Al Norte, el lindero sur de la estancia Cameron, desde el canal Whiteside hasta la frontera CON Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina, desde el lindero sur de la estancia Cameron hasta el lago Fagnano.
    Al Sur y Oeste, el lago Fagnano, desde la frontera con Argentina hasta el río Azopardo; el río Azopardo, desde el lago Fagnano hasta su desembocadura en el seno Almirantazgo, y el seno Almirantazgo y el canal Whiteside, desde la desembocadura del río Azopardo hasta el lindero sur de Ja estancia Cameron.

    Comuna-subdelegación de Navarino

    Sus límites son:

    Al Norte, los canales Cockburn y Magdalena, desde el Océano Pacífico Sur hasta la punta Anxious (Ansiosa); el Canal Gabriel, paso Cascada y seno Almirantazgo, desde la punta Anxious hasta la desembocadura del río Azopardo; el río Azopardo, desde su desembocadura en el seno Almirantazgo hasta su origen en el lago Fagnano; el lago Fagnano, desde el origen del río Azopardo hasta la frontera con Argentina, y la frontera con Argentina, desde el lago Fagnano hasta el Océano Pacífico Sur.
    Al Este, Sur y Oeste, el Océano Pacífico Sur, desde la frontera con Argentina hasta la desembocadura del canal Cockburn.
    Las islas Diego Ramírez pertenecen a esta comuna-subdelegación.
    La comuna-subdelegación de Navarino se divide en tres distritos, a saber: 1.o Isla Navarino, 2.o Hoste y 3.o Darwin.

    Distrito N.o 1.- Isla Navarino

    Sus límites son:

    Al Norte, la frontera con Argentina, desde la prolongación del canal Murray hasta el Océano Pacífico Sur.
    Al Este y Sur, el Océano Pacífico Sur, desde la frontera con Argentina hasta el canal que separa las islas Sanderson y Henderson, por una parte, de las islas Pasaje, Duperré y Peyron, por la otra.
    Al Oeste, el canal que separa las islas Sanderson y Henderson, por una parte, de las islas Pasaje, Duperré y Peyron, por la otra, desde el Océano Pacífico Sur hasta el seno Año Nuevo; el seno Año Nuevo, desde el canal que separa las islas Sanderson y Henderson, por una parte, de las islas Pasaje, Duperré y Peyron, por la otra, hasta el canal Hahn; el canal Hahn, desde el seno Año Nuevo hasta su unión con el canal Carfort; el canal Carfort y su prolongación, desde su unión con el canal Hahn hasta el seno Ponsomby; el seno y canal Ponsomby, desde la prolongación del canal Carfort hasta el canal Bossi, y los canales Bossi y Murray y su prolongación, desde el seno Ponsomby hasta la frontera con Argentina.
    Las islas Diego Ramírez pertenecen a este distrito.

    Distrito N.o 2-Hoste

    Sus límites son:

    Al Norte, el brazo sudoeste del canal Beagle y dicho canal, desde la bahía Cook hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, los canales Murray y Bossi y sus prolongaciones, desde la frontera con Argentina hasta el seno Ponsomby; el seno Ponsomby, desde el canal Bossi hasta la prolongación del Canal Carfort; el canal Carfort y su prolongación, desde el seno Ponsomby hasta su unión con el canal Hahn; el canal Hahn, desde su unión con el canal Carfort hasta el seno Año Nuevo; el seno Año Nuevo, desde el canal Hahn hasta el Canal que separa las islas Henderson y Sanderson, por una parte, de las islas Peyron, Duperré y Pasaje, por la otra, y el canal antes indicado, desde el seno Año Nuevo hasta el Océano Pacífico Sur.
    Al Sur, el Océano Pacífico Sur, desde el canal que separa las islas Henderson y Sanderson, por una parte, de las islas Peyron, Duperré y Pasaje, por la otra, hasta la bahía Cook.
    Al Oeste, la bahía Cook, desde el Océano Pacífico Sur hasta el brazo sudoeste del canal Beagle.

    Distrito N.o 3.-Darwin

    Sus límites son:

    Al Norte, el canal Gabriel, paso Cascada y seno Almirantazgo, desde la punta Anxious hasta la desembocadura del río Azopardo; el río Azopardo, desde su desembocadura en el seno Almirantazgo hasta su origen en el lago Fagnano, y el lago Fagnano, desde el origen del río Azopardo hasta la frontera con Argentina.
    Al Este, la frontera con Argentina y su prolongación, desde el lago Fagnano hasta el canal Beagle.
    Al Sur, el canal Beagle y su brazo sudoeste, desde la prolongación de la frontera con Argentina hasta la bahía Cook, y la bahía Cook y el Océano Pacífico Sur, desde el brazo sudoeste del canal Beagle hasta el canal Cockburn.
    Al Oeste, el canal Cockburn, desde el Océano Pacífico Sur hasta el canal Gabriel.
    Las comunas-subdelegaciones de Porvenir, Primavera, Bahía Inútil y Navarino forman una sola agrupación municipal, cuya cabecera es la ciudad de Porvenir.

    Artículo 3.o Las disposiciones del presente decreto en cuanto dicen relación a la comuna-subdelegación de la Antártica y sus distritos complementarán en lo que no fuere contradictorio a las disposiciones del decreto supremo N.o 298, de 17 le Julio de 1956.

    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la Recopilación de Leyes y Decretos de la Contraloría General de la República.- J. ALESSANDRI R.- Sótero del Río G.