DECLARA LUGAR DE INTERÉS CIENTÍFICO PARA EFECTOS MINEROS EN CALDERA, TERCERA REGIÓN DE ATACAMA
     
    Núm. 38.- Santiago, 6 de septiembre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de Constitución Política; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el artículo 17 del Código de Minería; en el DFL Nº 302, de 1960, del Ministerio de Hacienda; en la resolución exenta Nº 2.025, de 29 de diciembre de 2006, del Ministerio de Minería; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en uso de las facultades que me confiere la ley, y
     
    Considerando:
     
1.  Que, el Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales Sr. Emilio de la Cerda Errázuriz, por medio de oficio ordinario Nº 330, de fecha 20 de enero de 2012, solicitó al Ministro de Minería que se declare como zona de interés científico para efectos mineros un área de aproximadamente 630 hectáreas, ubicadas al norte de la comuna de Caldera, en la Región de Atacama, con el fin de proteger en dicha zona un importante yacimiento paleontológico constituido por afloramientos pertenecientes a la unidad geológica conocida como "Formación Bahía Inglesa".
2.  Que, esta Secretaría de Estado solicitó informe al Servicio Nacional de Geología y Minería, respecto a la solicitud señalada en el considerando anterior. Al respecto, el mencionado servicio informó por medio de oficio ordinario Nº 4.143, de fecha 26 de junio de 2012, que considera favorable la solicitud de declaración.
    3. Que, la protección de dicha zona se fundamenta en la existencia de un yacimiento paleontológico constituido por afloramientos pertenecientes a la unidad geológica conocida como "Formación Bahía Inglesa", que fue descubierto el año 2010, a raíz de las obras de mejoramiento de la ruta 5 Norte, en la zona denominada comúnmente como "Cerro Ballena". La importancia del mencionado yacimiento radica en las dimensiones del yacimiento, la abundancia de especímenes de vertebrados encontrados y su buen estado de conservación, lo que hace que este sitio tenga un potencial para la investigación científica especializada de gran significación.
4.  Que el Consejo de Monumentos Nacionales es el organismo técnico del Estado encargado de velar por la protección del patrimonio paleontológico del país, y ha solicitado a esta Secretaría de Estado la declaración de la mencionada área como "zona de interés científico para efectos mineros", a fin de reforzar su protección, asegurar su conservación y profundizar el conocimiento científico, tanto en geología y paleontología como en otras materias que sean de interés nacional, evitando así el desarrollo de actividades dentro del área cuyos fines no sean la conservación, la investigación científica o la educación, y de esta manera evitar que este importante patrimonio nacional de valor científico incalculable se vea afectado por el desarrollo de actividades que apunten a otros fines.
5.  Que los argumentos expuestos constituyen fundamentos científicos suficientes como para justificar la declaratoria solicitada.
     
    Decreto:
     
    Artículo primero: Declárese como lugar de interés científico para efectos mineros, un área de aproximadamente 630 hectáreas, ubicadas al norte de la comuna de Caldera, en la Región de Atacama.

    Artículo segundo: La delimitación del área declarada como de interés científico para efectos mineros, efectuada por medio de las coordenadas Este (X) y Norte (Y) para cada uno de los vértices que delimitan el polígono de protección, objeto de la presente declaración, así como por el correspondiente hito demarcador, es el siguiente:
     
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    Artículo tercero: Para poder ejecutar labores mineras en el lugar declarado como de interés científico para efectos mineros mediante el presente decreto, se requerirá contar con la autorización a que se refiere el artículo 17 Nº 6 del Código de Minería.

    Artículo cuarto: Apruébese el siguiente plano de situación de la zona que se declara como de interés científico para efectos mineros:
     
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    Anótese, tómese razón por la Contraloría General de la República, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Hernán de Solminihac Tampier, Ministro de Minería.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Francisco Orrego Bauzá, Subsecretario de Minería.