Establece el régimen general de los procedimientos destinados a reorganizar y/o liquidar los pasivos y activos de deudores de empresa, y a repactar los pasivos y/o liquidar los activos de deudores persona natural.

    Artículo 110.- Publicidad. Junto con presentar al tribunal el Acuerdo Extrajudicial Ley 21563
Art. 1 N° 45
D.O. 10.05.2023
con los antecedentes señalados en el artículo 107, el Deudor deberá acompañar al Veedor copia de éstos para que los publique en el Boletín Concursal y los acompañe a los acreedores por medio de correos electrónicos, si lo tuvieren.