Establece el régimen general de los procedimientos destinados a reorganizar y/o liquidar los pasivos y activos de deudores de empresa, y a repactar los pasivos y/o liquidar los activos de deudores persona natural.
Artículo 361.- Derógase la letra d) del
artículo 3º
del
decreto ley Nº 3.346, del Ministerio de Justicia, de 1980
, que fija el texto de la ley orgánica del Ministerio de Justicia.