Establece el régimen general de los procedimientos destinados a reorganizar y/o liquidar los pasivos y activos de deudores de empresa, y a repactar los pasivos y/o liquidar los activos de deudores persona natural.

    Artículo 376.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 19.220, que regula establecimiento de bolsas de productos agropecuarios:
    1) Sustitúyese la letra g) del artículo 7º, por la siguiente:
    "g) No encontrarse sometido a un procedimiento concursal de liquidación.".
    2) Reemplázanse, en el inciso séptimo del artículo 20, la frase "y en caso de quiebra de ésta", por "y en caso de tener la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación", y la expresión "fallido" por "deudor".