Establece el régimen general de los procedimientos destinados a reorganizar y/o liquidar los pasivos y activos de deudores de empresa, y a repactar los pasivos y/o liquidar los activos de deudores persona natural.

    Artículo 389.- Reemplázase la letra d) del inciso primero del artículo 6º del decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio del Interior, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, por la siguiente:
    "d) No haber sido condenado por delitos concursales del Código Penal, y".