Artículo 1º.- Modifícase el decreto supremo Nº 33, de 2011, del Ministerio de Educación en el siguiente sentido:
1.- Sustitúyase en el inciso primero del artículo 1º la frase "otorgar asistencia técnica pedagógica" por "ofrecer orientación y apoyo educativo" y antepóngase a la palabra "estrategias" la palabra "orientaciones" seguida de una coma (,) y elimínase la misma a continuación de la palabra "estrategias".
2.- Agrégase en el artículo 2º, a continuación de la palabra "constitución", la frase "y funcionamiento".
3.- Reemplázase en el artículo 4º la frase "en todos los sectores de aprendizaje" por "de las asignaturas", y agrégase, a continuación de la palabra "rurales" la segunda vez que ésta aparece, la frase "producirá y distribuirá materiales didácticos correspondientes".
4.- Agrégase en el inciso segundo del artículo 5º, a continuación de la frase "tales establecimientos educacionales", la frase "y dispondrá oportunidades para el intercambio de experiencias pedagógicas significativas para promover el desarrollo de estrategias de mejoramiento de los aprendizajes".
5.- Agrégase en el artículo 6º, a continuación de la palabra "rurales", la frase "según su estructura de cursos y de gestión".