AUTORIZA RÉGIMEN DE ADMISIÓN TEMPORAL AL PAÍS A LAS CARAVANAS QUE SERÁN UTILIZADAS EN EL RALLY DAKAR ARGENTINA - BOLIVIA - CHILE - 2014
Núm. 12.710.- Valparaíso, 26 de noviembre de 2013.- Vistos y Considerando:
Que entre los días 4 al 21 de enero de 2014, se llevará a cabo, en su 35 edición, el Rally Dakar Argentina - Bolivia - Chile 2014, cuyo inicio será en la ciudad de Rosario-Argentina y termina en la ciudad de Valparaíso-Chile, después de recorrer una serie de localidades de las Repúblicas de Argentina, Bolivia y Chile, lo que implicará que los Servicios de Aduana de los tres países deberán actuar en forma integrada.
El oficio Nº 2753/17.06.2012 del señor Subsecretario del Instituto Nacional de Deportes, mediante el cual comunica el compromiso que ha asumido el Gobierno de Chile para otorgar todas las facilidades gubernamentales para la realización de este evento deportivo internacional.
Que, para dicho evento ingresarán al país los vehículos inscritos para la competencia, los vehículos de asistencia y transporte, motores, repuestos, componentes, materiales, neumáticos, combustible, accesorios, herramientas, indumentaria, equipos fotográficos, de filmación, de radio y televisión, de comunicaciones y demás elementos de apoyo logístico que han de ser utilizados durante los días en que se desarrollará el evento, considerando además, que algunos de los vehículos podrán ser transportados sobre camiones.
Que, el rally se desarrollará durante la temporada alta de turismo, lo cual hace aún más necesario implementar un control eficiente y expedito en los puestos fronterizos involucrados, que limitan con la República de Argentina y Bolivia, a fin de no entorpecer el tráfico de vehículos particulares y de carga, propios de la época estival.
Que, para tales fines y en coordinación con la Subsecretaría de Deportes, los servicios fronterizos involucrados, la Dirección General de Aduanas de la República de Argentina, y la Aduana Nacional de Bolivia, se ha propuesto un sistema de control previo e integrado por los tres países en el campamento de Salta Argentina, desde Argentina a Bolivia y desde Argentina a Chile.
Teniendo presente: Las facultades que me otorgan los números 7 y 8 del artículo 4º del DFL Nº 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda y el artículo 107, letra I) de la Ordenanza de Aduanas, dicto la siguiente:
Resolución:
1.- Autorícese el régimen de Admisión Temporal, por el plazo de 120 días, a contar del día 12 de enero de 2014, fecha de ingreso al país de la caravana, exenta del pago de tasa y de garantía a las mercancías consistentes en -aeronaves, helicópteros, vehículos inscritos para la competencia, vehículos de asistencia y transporte, motores, repuestos, componentes, materiales, neumáticos, combustibles, accesorios, herramientas, indumentaria, equipos fotográficos, de filmación, de radio y televisión, de comunicaciones y demás elementos de apoyo logístico para uso exclusivo en esta actividad-, que serán utilizados en el Rally Dakar Argentina - Bolivia - Chile - 2014, y que ingresarán al territorio nacional a través de los pasos fronterizos de Ollagüe, Jama y Sico, dependientes de la jurisdicción de la Dirección Regional de la Aduana de Antofagasta.
2. Igualmente, resultará válido para el ingreso temporal de los vehículos, independiente de su procedencia, el formulario "Salida y Admisión Temporal de Vehículos acuerdo Chileno - Argentino", y "Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Chileno-Boliviano", conforme a las instrucciones señaladas en resolución Nº 3816/10.10.2001, de la Dirección Nacional de Aduanas, que regulan la Admisión y Salida Temporal de los vehículos particulares y buses. Sin embargo, y especialmente al momento de ingresar la competencia al país, como asimismo, al momento de su salida, deberá priorizarse la forma de operar conforme a lo señalado en los numerales siguientes:
2.1 El ente organizador del evento facilitará con la debida antelación, un listado de los vehículos, de los participantes y de las mercancías que ingresarán temporalmente al país, en los formatos señalados en los Anexos I al III de esta resolución, y que forman parte íntegra de ella.
2.2 El Servicio Nacional de Aduanas de Chile aceptará como válido los listados señalados en el numeral anterior, que la organización haya entregado a la Dirección General de Aduanas de la República de Argentina, y la Aduana Nacional de Bolivia, al momento del ingreso de los vehículos a ese país.
2.3 Sin perjuicio de las actividades de control que le son propias al Servicio de Aduanas, en la oportunidad de realizarse el ingreso de los vehículos inscritos en la competencia y su logística por los pasos fronterizos de la jurisdicción de la Aduana de Antofagasta de Ollagüe, Jama y Sico, el Servicio designará a los funcionarios que sean necesarios para cumplir con las actividades de control en dichos pasos fronterizos, a las actividades previas al ingreso y/o salida del país que se realizará en la sede del Campamento (Bivouac) de Salta en la República de Argentina, Calama, Iquique, Antofagasta, El Salvador, La Serena, Valparaíso y San Antonio, por donde el movimiento tanto del evento como de turistas se verá aumentado en dichas fechas.
2.4 A su vez, el Servicio Nacional de Aduanas designará a los funcionarios que sean necesarios para cumplir con las funciones de apoyo y de control de mercancías asociadas a este evento, especialmente en el Aeropuerto de Calama, Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez, como asimismo en el Parque Cerrado ubicado en la ZEAL en Valparaíso, y en el puerto de San Antonio lugar del embarque a Europa del Barco Dakar.
2.5 La A.S.O. como ente organizador del evento, deberá presentar ante el Servicio de Aduanas destacado en los campamentos y puntos de control mencionados en los numerales 5 al 6 precedentes, las planillas debidamente confeccionadas de acuerdo a los Anexos I, II y III de esta resolución, con los datos definitivos de los vehículos participantes y logística que atravesará la frontera, el día anterior a la partida del evento, correspondiente a las etapa Argentina-Chile y Bolivia-Chile.
2.6 Finalizada esta competencia deportiva en su tramo nacional, las mercancías que hubieren ingresado bajo el régimen de admisión temporal a través de una destinación aduanera tramitada por un agente de aduana, deberán ser reexportadas mediante una DUSSI-Reexportación, Tipo de Operación 209 durante el plazo de vigencia de los 120 días otorgados.
2.7 No podrán ingresar -conforme al procedimiento establecido en la presente resolución- las mercancías perecederas, consumibles o aquellas que vayan a ser transformadas o reparadas, de carácter comercial, las cuales deberán ser importadas de acuerdo al régimen de importación vigente, dentro del plazo de vigencia de los 120 días, debiendo contar además, con las autorizaciones previas que correspondieren de los organismos de control.
2.8 Para un mejor control y uniformidad de los procedimientos aduaneros que se deben aplicar en este evento, se ha estimado necesario incorporar como parte integrante de esta resolución, el Anexo IV referido a las instrucciones de carácter operativas relativas al ingreso y/o salida de las mercancías respectivas. Asimismo, el Anexo V sobre la creación de un Formulario Único de Control Interno (FUCI) que servirá para llevar el control manual, de aquellos vehículos oficiales del Dakar que al final de la competencia salgan del territorio nacional por una vía distinta al embarque por el Puerto de San Antonio, como asimismo para el traslado de contenedores desde la ZEAL Valparaíso hasta el puerto de embarque de San Antonio.
2.9 Las mercancías que ingresen al país, antes y durante el evento del Rally, y que no se hayan ceñido al procedimiento antes señalado y que no se encuentren comprendidas en los listados de los Anexos ya citados, deberán ser desaduanadas conforme a los procedimientos aduaneros normales.
Las Direcciones Regionales y Administraciones de Aduana involucradas deberán adoptar las medidas necesarias para el debido control y resguardo del interés fiscal, coordinando todo su actuar relativo a este evento deportivo con la Dirección Nacional de Aduanas.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en la página web del Servicio de Aduanas.- Rodolfo Álvarez Rapaport, Director Nacional de Aduanas.
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. ANEXO IV
PROCEDIMIENTO OPERATIVO PARA EL INGRESO Y SALIDA DE VEHÍCULOS Y MERCANCÍAS DEL RALLY DAKAR-2014 (ARGENTINA-BOLIVIA-CHILE)
Conforme a lo señalado en el punto 2.9 de la presente resolución, se hace necesario especificar que cualquier otro vehículo que acompañe a los vehículos de la competencia, y que no se encuentre registrado en la nómina Oficial del Dakar, tanto al ingreso como a la salida del país, deberán tramitar el respectivo documento de destinación aduanera que corresponda, y bajo régimen general.
I. INGRESO AL PAÍS POR VÍA AÉREA
1. Procedimiento para el ingreso en el Aeropuerto de Calama de aviones de la Fuerza Aérea Boliviana y Argentina y aviones, helicópteros nacionales transportando personal del Dakar, que arribaran y saldrán del territorio nacional varias veces.
En el Aeropuerto de Calama, se deberá tramitar en el primer arribo al territorio nacional un Título de Admisión Temporal de Aeronaves No Comerciales, según Anexo 1 resolución Nº 3.061 de 08.04.2008 y se cancelará este documento al momento de la última salida del país. Este procedimiento deberá coordinarse directamente entre la Aduana de Antofagasta y las autoridades del Aeropuerto de Calama.
Para estos casos, se sugiere al Director Regional de la Aduana de Antofagasta, que disponga del personal necesario para la atención expedita en el Aeropuerto de Calama de su jurisdicción. Asimismo, proporcionar a los funcionarios de los elementos necesarios, tales como: Formularios de Admisión Temporal Simplificada, numeración reservada, timbres, etc.
2. El Servicio Nacional de Aduana dispondrá del personal necesario y permanente, es decir, las 24:00 horas en los Aeropuertos de Calama de la jurisdicción de la Aduana de Antofagasta.
3. En el caso del Aeropuerto de Calama y en coordinación con los otros Servicios DGAC, PDI, SAG, SNS, se acordó que la atención para el ingreso de los pasajeros provenientes desde Bolivia y Argentina, se efectuará en el mismo Aeropuerto, para ello se dispondrá exclusivamente del sector para atención de vuelos internacionales. Una vez efectuados los controles migratorios y aduaneros, los pasajeros serán trasladados en buses hasta el campamento de Calama.
4. En caso de repuestos y accesorios para los vehículos del Dakar que ingresen por vía aérea por el Aeropuerto de la Aduana Metropolitana, conjuntamente por los propios competidores (pilotos) o encargados de los vehículos, para salir por vía terrestre hacia Rosario-Argentina, se deberá tramitar un Título de Admisión Temporal de Efectos de Turistas (Anexo 29 del Compendio Normas Aduaneras), adjuntando una relación con la identificación de estos repuestos y una copia del certificado emitido por la empresa organizadora del Dakar "Amaury Sport Organisatión" (ASO), que acredite su participación en el Dakar 2014. Este título, deberá ser presentado y cancelado en el Paso Fronterizo de Los Libertadores.
II. INGRESO AL PAÍS DE LA CARAVANA DAKAR POR VÍA TERRESTRE
1.- Procedimiento para el ingreso de la caravana de vehículos (motocicletas y cuadriciclos) del Dakar provenientes desde Bolivia, por el Paso de Ollagüe:
1.1 La caravana de aproximadamente 150 motocicletas y cuadriciclos del Dakar viene procedente del Campamento de Uyuni Bolivia, y pasará por ese control a partir desde la 6:00 horas AM del día 13 de enero de 2014.
1.2 En este lugar los funcionarios aduaneros designados controlarán visualmente el ingreso al país, bajo régimen de admisión temporal simplificado, en forma manual o fotográficamente, captando o registrando el número del registro en la Lista Oficial entregada por ASO, y que se encuentra estampado al costado de los vehículos de la competencia y de los camiones de apoyo. Esta información, deberá ser enviada directamente al Encargado Regional ubicado en el Campamento de Calama.
1.3 La Aduana de Bolivia controlará los vehículos ingresados en su país en admisión temporal y posteriormente reexportados a Chile en el Paso Fronterizo de Abaroa. No obstante lo anterior, de acuerdo al Acta suscrita por ambos Servicios, se traspasarán la información de salida de Bolivia y de ingreso a Chile de los vehículos de la competencia, de apoyo y logística.
1.4 El control de las motocicletas, cuadriciclos y vehículos de apoyo logístico del Dakar, se realizará en el mismo control de Ollagüe, para lo cual se deberá coordinar con la Gobernación de Calama para que se disponga de la instalación de un carril en forma separada del paso de viajeros normales.
1.5 Asimismo, la Aduana podrá seleccionar en forma selectiva cualquier vehículo para practicar su inspección física.
1.6 A este sector sólo podrán acceder los vehículos del Dakar. En este carril se constituirá un funcionario de cada Servicio interviniente. En caso que un vehículo haya sido seleccionado para algún tipo de inspección más específica, el vehículo será trasladado hasta un sector contiguo para proceder a realizar esta operación, debiendo ser realizada simultáneamente en un solo acto por todos los Servicios.
1.7 Los vehículos de apoyo, que ingresarán al país en forma posterior al paso de la caravana de motocicletas, transportando vehículos siniestrados o que no puedan trasladarse por sus propios medios, se controlarán de la misma forma, es decir, registrando el Número Oficial del camión y el registro de las motocicletas y cuadriciclos averiados.
1.8 Una vez realizada esta operación, los vehículos del Rally Dakar pasarán sin ningún tipo de detención en el Control Aduanero de Ollagüe, para trasladarse hasta el Campamento Oficial del Dakar ubicado en las Topater en la ciudad de Calama.
2.- Procedimiento para el ingreso de la caravana de vehículos del Dakar, provenientes desde Argentina, por el Paso de Sico.
2.1 Por este paso fronterizo ingresarán al país alrededor de 120 automóviles y 60 camiones en competencia, en una etapa denominada "enlace", que significa tránsito normal, pero cronometrados por ASO. El control se realizará el día 13 de enero de 2014 a partir de las 6:00 horas AM, hasta las 16:00 horas PM del mismo día.
2.2 Para efectos de realizar el control efectivo del ingreso al país de la caravana del Dakar por este paso fronterizo, la Dirección Regional de la Aduana de Antofagasta, deberá coordinar con Carabineros de Chile, que funcionarios de la Aduana de Chile, se trasladarán hasta el territorio argentino para realizar conjuntamente el control de los vehículos con la Aduana Argentina.
2.4 Durante el tiempo que la Aduana se instale en este paso Sico, realizando el control de los vehículos del Dakar, también, deberán controlar y emitir en forma manual los respectivos TITV o F.U. Chile-Argentina, de aquellos vehículos automotrices que no corresponden al Dakar, los que posteriormente serán ingresados al sistema computacional en la Aduana de San Pedro de Atacama.
2.5 En caso que un vehículo haya sido seleccionado para algún tipo de inspección más específica, el vehículo será trasladado hasta un sector contiguo para proceder a realizar esta operación, debiendo ser realizada simultáneamente en un solo acto por todos los Servicios.
3. Procedimiento para el ingreso de la caravana de vehículos del Dakar, provenientes desde Argentina, por el Paso de JAMA.
3.1 Por este paso fronterizo ingresarán al país alrededor de 350 camiones-furgones y vehículos de asistencia y organización. EI control se realizará a partir del día 12 de enero de 2014 entre las 20:00 horas hasta las 20:00 horas del día 13 de enero de 2014.
3.2 En este control de Jama, se trabajará conjuntamente con los Servicios Argentinos, bajo la modalidad de control "Unificado", que permita verificar los controles realizados previamente en el Campamento de Salta-Argentina. En este control, la Aduana Argentina tendrá la información computacional de todos los vehículos salidos desde ese país, por lo tanto, deberá entregar dicha información al Jefe de Avanzada de la Aduana de Chile en ese Paso, para ser enviado al Encargado del Dakar en el Campamento de Calama.
3.3 El control de estos vehículos se efectuará en forma visual y manual o bien fotográficamente, en base al número de registro del Listado Oficial entregado por ASO, que aparece visiblemente estampado en el vehículo de la competencia o el camión de apoyo. Esta información, deberá ser enviada directamente al Encargado Regional ubicado en el Campamento de Calama.
3.4 En caso que la Aduana haya seleccionado a un vehículo para realizar algún tipo de inspección física, el vehículo deberá ser trasladado hasta un sector contiguo para proceder a realizar esta operación, debiendo ser efectuada simultáneamente en un solo acto por todos los Servicios.
3.5 Los vehículos de la ASO que comienzan a trasladar antes del inicio de la competencia, los equipos y material necesario para levantar el Campamento de Calama, se les deberá aplicar el mismo procedimiento para la caravana del Dakar, es decir, control visual y manual en base al Listado Oficial entregado por ASO. Esta información, deberá ser enviada directamente al Encargado Regional ubicado en el Campamento de Calama
4.- Procedimiento para el ingreso de los vehículos del Dakar en el Campamento de Calama
4.1 En este campamento, se deberá realizar el control físico del ingreso de los vehículos del Dakar a dicho lugar, mediante el uso de "pistolas electrónica o captador de datos" entregados por ASO. Por otra parte, este registro de datos electrónico, deberá ser verificado con la información recibida en forma manual, desde los Pasos de Ollagüe, Sico y Jama, a objeto de establecer la matriz real de ingreso de los vehículos en admisión temporal, al amparo de esta resolución y permitir la cancelación de este régimen suspensivo al momento de la salida del país. Una vez efectuada la recepción de los distintos vehículos ingresados al país por los tres pasos fronterizos, el Encargado Regional del Campamento de Calama, deberá validar esta información con la información proporcionada computacionalmente por la Aduana Argentina de Jama y por el Control del Campamento de Salta-Argentina.
4.2 En este campamento de Calama, la empresa logística Waiver, hará entrega a aquellos competidores que hayan decidido retirarse con anterioridad a la finalización de este evento deportivo y soliciten salir del país por cualquier Aduana y/o Paso Fronterizo, de un "Formulario Único de Control Interno" (FUCI), establecido en el Anexo V de la presente resolución, el cual deberá ser legalizado bajo firma y timbre del funcionario aduanero y del representante de la empresa Waiver. Este documento de control llevará una numeración correlativa indefinida.
4.3 El ejemplar de este documento FUCI, entregado al competidor deberá ser presentado en el paso fronterizo o aduana de salida del país, debiendo ser retirado por el funcionario aduanero, dejando constancia de la salida efectiva o ingreso a la zona primaria para su embarque. Este documento deberá ser firmado y timbrado como constancia de dicha operación. Posteriormente deberá ser remitido al Encargado Nacional del Dakar Subdepto Normas Generales de la Dirección Nacional, a objeto de realizar la cancelación definitiva del régimen simplificado de admisión temporal.
III. SALIDA DEL PAÍS POR VÍA TERRESTRE DE VEHÍCULOS NACIONALES PARA INCORPORARSE A LA COMPETENCIA EN ROSARIO - ARGENTINA
1.1 Los vehículos nacionales cuya salida se realice por sus propios medios y conducido por el titular del padrón, al momento de la salida del país deberán tramitar en el respectivo paso fronterizo, un Formulario "Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Chileno-Argentino" (F.U. según Anexo 2 de la resolución Nº 3.816/10.10.2001), el que deberá ser cancelado posteriormente de oficio, en base al registro computacional o manual en el Listado Oficial y realizado por la respectiva Aduana de Frontera al momento de su reingreso en la caravana Dakar.
1.2 En caso que el conductor no sea el dueño o titular del vehículo que se traslada por sus propios medios, la Aduana deberá exigir una carta autorizada por la ASO, en la que se indique que se trata de un vehículo oficial de la competencia. Esta carta sustituirá a la Declaración Jurada Notarial.
1.3 Los vehículos de la competencia que sean transportados en camiones, como asimismo, los vehículos de carga (furgones cerrados), con material de apoyo, deberán tramitar un MIC/DTA, ante la respectiva Aduana de salida, en la Unidad de Tránsito, conforme al procedimiento del numeral 2.4 del Capítulo V de la resolución Nº 6.152 de 11.09.2009.
1.4 Para tramitar este tipo de MIC/DTA la Aduana exigirá los siguientes documentos: Padrón del vehículo y Permiso de circulación vigente:
1.4.1 Autorización en original del Ministerio de Transporte (Permiso
Originario o Permiso Ocasional).
1.4.2 Declaración Jurada simple de la ASO, en el cual se señala que son
vehículos de la competencia del Dakar 2013.
1.4.3 Certificado de Seguro de Responsabilidad por Daños a Terceros,
conforme a las normas del ATIT.
1.4.4 Se precisa que no será exigible para este tipo de MIC/DTA una DUS
como tampoco una Guía de Despacho.
IV.- VEHÍCULOS EXTRANJEROS QUE INGRESEN AL PAÍS POR VÍA TERRESTRE POR CUALQUIER PASO FRONTERIZO PARA SALIR POR OTRO PASO FRONTERIZO PARA INTEGRARSE A LA COMPETENCIA EN ROSARIO-ARGENTINA
1. Tratándose de vehículos extranjeros de países del Cono Sur o limítrofes (Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, etc.), y que se trasladen por sus propios medios, al momento del ingreso al territorio nacional en el respectivo paso fronterizo, la Aduana emitirá un Título de Admisión Temporal de Vehículos (TITV), según Anexo 28 C.N.A., o bien en el caso de Bolivia un F.U. Título Acuerdo Chile-Bolivia y al momento de su salida hacia la Argentina, la respectiva Aduana, deberá cancelar este régimen suspensivo.
2. Cabe señalar que estos vehículos al momento de su reingreso al país en competencia oficial, serán controlados por el control conforme al Registro Oficial del Dakar, por el respectivo paso. Sin embargo, al momento de la salida definitiva del país, deberán presentar el Formulario Único de Control Interno (FUCI) entregado en el Campamento de Calama o bien en el Campamento de Valparaíso.
3. Los camiones peruanos y/o bolivianos que ingresen al país transportando vehículos de la competencia del Dakar, deberán presentarse en el paso fronterizo con un MIC/DTA, el cual deberá ser emitido y autorizado por la respectiva Aduana del país de origen para salir por el respectivo paso fronterizo y como destino final Rosario-Argentina.
V.- PROCEDIMIENTO PARA AQUELLOS VEHÍCULOS EXTRANJEROS QUE INGRESEN A CHILE POR VÍA MARÍTIMA Y SALGAN DEL PAÍS POR SUS PROPIOS MEDIOS, VÍA TERRESTRE, PARA INCORPORARSE A LA COMPETENCIA EN ROSARIO-ARGENTINA
1.- Estos vehículos deberán venir declarados en el respectivo
Manifiesto de Carga al amparo de un Conocimiento de Embarque. El Almacenista deberá cancelar el manifiesto de carga con la emisión del TITV al momento del retiro desde la zona primaria.
2.- La empresa Waiver encargada de la logística del Dakar, deberá solicitar a la respectiva Aduana una solicitud de desconsolidación del contenedor.
3.- La Aduana de arribo deberá tramitar un Título de Admisión Temporal de Vehículos, según Anexo 28 del Compendio Normas Aduaneras, que permita al vehículo presentarse a la salida del país ante el respectivo Paso Fronterizo. Sin embargo, deberán contar con una carta de la ASO en la cual se reconoce su calidad oficial del Dakar. Asimismo, en caso de que se trate de un camión-furgón que contenga artículos de apoyo necesarios para la logística del Dakar, además se deberá adjuntar a este TITV una nómina con el detalle de las mercancías.
4.- La Aduana de salida o Paso Fronterizo, deberá cancelar este régimen suspensivo al momento de la salida definitiva del país.
5.- En caso que el vehículo de competencia sea trasladado sobre camión, deberá tramitarse el respectivo MIC/DTA, conforme a lo establecido en el numeral 1.4 del Apartado III de esta resolución.
VI. SALIDA DEL PAÍS DE CAMIONES NACIONALES POR VÍA TERRESTRE, TRANSPORTANDO VEHÍCULOS O MATERIAL DE APOYO PARA INTEGRARSE A LA COMPETENCIA DEL DAKAR EN ROSARIO- ARGENTINA
1.- Aquellos camiones nacionales o furgones cerrados conteniendo material de apoyo y logística para los competidores, deberán tramitar un MIC/DTA, ante la respectiva Aduana de salida a la Argentina, conforme al procedimiento establecido en la resolución Nº 6.152, de 11.09.2009.
2.- Para tramitar este MIC/DTA la Aduana exigirá los siguientes documentos:
2.2 Padrón del vehículo y Permiso de circulación vigente.
2.2 Autorización en original del Ministerio de Transporte (Permiso
Originario o Permiso Ocasional).
2.2 Declaración Jurada simple de la ASO, en el cual se señala que son
vehículos de la competencia del Dakar 2014.
2.2 Certificado de Seguro de Responsabilidad por daños a terceros,
conforme a las normas del ATIT.
2.2 Se precisa que no será exigible para este tipo de MIC/DTA una DUS
como tampoco una Guía de Despacho.
VII. CONTROL DE INGRESO AL PAÍS DE LA CARAVANA DE VEHÍCULOS DEL DAKAR DESDE LA REPÚBLICA ARGENTINA
1.- Control en el Campamento de Salta
1.1 En dicho campamento ubicado en territorio argentino, se instalará una comisión de funcionarios aduaneros designados en comisión por la Dirección Nacional de Aduanas, para efectuar labores de control en forma selectiva a los vehículos de la competencia, de apoyo y logística y antes del cruce de frontera, a objeto de facilitar el control en dicho lugar.
1.2 En este Campamento, la Aduana chilena conjuntamente con la Aduana Argentina y Aduana Boliviana, controlará la salida de dicho campamento de las motocicletas y cuadriciclos que salgan hacia Bolivia por el Paso de la Quiaca-Villazón, y que ingresarán al país por el Paso de Ollagüe, como asimismo, los vehículos de la competencia de autos y camiones que ingresarán por el Paso de Sico y Jama.
1.2 Los funcionarios aduaneros en Salta, deberán coordinarse con las autoridades aduaneras argentinas designadas para el Dakar, a objeto de realizar un control integrado. La Organización ASO, entregará a la Aduana Argentina cuatro pistolas electrónicas para el control de salida de los vehículos de este Campamento.
1.3 El número del Registro Oficial del Dakar capturado electrónicamente, tanto de la salida de las motocicletas a Bolivia, como los vehículos de la competencia y de apoyo que ingresarán a Chile, será entregada por la autoridad argentina al Encargado Nacional de la Aduana de Chile, a objeto de validar o cruzar esta información capturada electrónicamente en el Campamento de Calama y que permita obtener el registro total de los vehículos del Dakar, bajo el régimen simplificado de admisión temporal en Chile.
1.4 Para optimizar el control de ingreso de los vehículos del Dakar en competencia, por los Pasos de Ollagüe, Sico y Jama, provenientes desde el Campamento Argentino de Salta y Uyuni Bolivia, la ASO deberá coordinar con las autoridades argentinas y bolivianas, que los otros vehículos particulares que no son de la competencia no se autorice la salida hacia Chile por un lapso de cinco horas, una vez iniciada la partida de los vehículos de la competencia.
VIII. PROCEDIMIENTO DE CONTROL EN LOS CAMPAMENTOS DE IQUIQUE, ANTOFAGASTA, EL SALVADOR, LA SERENA Y VALPARAÍSO
1.- En estos Campamentos del Dakar estará a cargo de funcionarios designados por las respetivas Aduanas, los cuales podrán realizar controles selectivos cuando la situación lo amerite, y responderán consultas a los competidores sobre los procesos aduaneros.
2.- En el caso del Campamento de Iquique, la Dirección Regional de la Aduana de Iquique, deberá coordinar con Carabineros de Chile, el ingreso expedito de la caravana a esa zona de tratamiento aduanero especial, para lo cual se deberá disponer de un carril especial, tanto del ingreso por el control de Quillahua o salida por el control del Loa.
IX. LLEGADA FINAL DE LA CARAVANA DE VEHÍCULOS DEL DAKAR A LA CIUDAD DE VALPARAÍSO
1.- Control en el Campamento de la ZEAL en Valparaíso.
1.1 Este control cerrado sin acceso al público, estará a cargo de funcionarios designados previamente por la Aduana de Valparaíso.
1.2 En este recinto cerrado, la ASO controlará a todos los vehículos de la competencia, por cuanto procederán a retirar desde los vehículos todos los equipos de control (GPS, comunicaciones, etc.).
1.3 Los fiscalizadores designados en dicho lugar deberán controlar la consolidación de los contenedores de este material, conforme al Listado Oficial entregado por ASO, y posteriormente proceder a colocar los respectivos precintos.
1.4 Una vez consolidado el contenedor, la empresa logística del evento "Waiver", deberá emitir una Guía de Despacho para el traslado de estos contenedores hasta el puerto de San Antonio para su embarque definitivo. En esta Guía de Despacho deberá consignarse el número del sello colocado por la Aduana, la identificación del contenedor y el número y fecha de esta resolución.
X. EMBARQUE DE VEHÍCULOS EN EL PUERTO DE SAN ANTONIO
1.1 Los vehículos de la competencia y los camiones de apoyo que se embarcan en el buque Roll Off en el Puerto de San Antonio, deberán trasladarse por sus propios medios, hasta un lugar debidamente cerrado y habilitado para estos efectos por el Almacenista Puerto Central, para posteriormente realizar el embarque hasta la nave.
1.2 Al momento del ingreso a la zona primaria de la Aduana de San Antonio, por la Puerta O'Higgins o Aurora, la Aduana no efectuará ningún control, salvo que la situación lo amerite.
1.3 Al momento del ingreso al "Parque Cerrado", debidamente habilitado por las autoridades portuarias, el funcionario de la Aduana, conjuntamente con el representante de la empresa Waiver, deberán retirar la copia del FUCI y timbrar para dejar constancia del ingreso a la zona primaria.
1.4 En caso que se utilicen contenedores de líneas navieras para consolidar repuestos y artículos que serán embarcados en el vapor Roll Off por el Puerto de San Antonio, el funcionario de la Aduana de Valparaíso (Campamento ZEAL), procederá a consignar en la Guía de Despacho el número del precinto. Asimismo, los respectivos Operadores de Contenedores deberán cancelar el respectivo TATC al momento del ingreso a la zona primaria.
1.5 No obstante lo anterior, la Aduana podrá inspeccionar físicamente en forma selectiva los vehículos y el contenido de las mercancías en los contenedores.
1.6 Cancelación del régimen de admisión temporal simplificado (resolución) que ingresaron al país con el Dakar o bien por vía aérea, como: los equipos de GPS, comunicaciones, equipos de filmación, equipos médicos, etc., que son retirados desde los vehículos en la ZEAL en Valparaíso, podrán salir por cualquier vía de transporte, para lo cual deberán tramitarse ante la respectiva Aduana una DUSSI-Reexportación Tipo de Operación 209, adjuntando el Número del Registro Oficial del Dakar y el listado de las mercancías autorizadas.
1.7 Vehículos siniestrados en Bolivia y/o Argentina que sean transportados sobre camión para ser ingresado a Chile, deberán venir amparados por un MIC/DTA cuando se trate de vehículos de empresas de transporte internacional y podrán ser embarcados al amparo de este mismo documento de tránsito internacional.
1.8 Cuando se trate de camiones oficiales del Dakar de apoyo que ingresan al país con vehículos de competencia siniestrados en Bolivia o Argentina, al momento del ingreso al país en el paso fronterizo, tanto los vehículos de la competencia como el propio camión de apoyo, sólo serán controlados manualmente por la Aduana conforme al número del Registro de la Lista Oficial del Dakar.
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