Por resolución exenta Nº 3.801, de 31 de diciembre de 2013, de esta Subsecretaría, otórgase a Pesquera BLUMAR S.A. un permiso extraordinario de pesca para la unidad de pesquería del recurso hidrobiológico Langostino colorado, fijada en el inciso 3º del artículo 4º transitorio del DS Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Este permiso extraordinario tendrá vigencia para las temporadas de pesca que se fijen en los años 2014 a 2023, ambos inclusive, y faculta a su titular para pescar anualmente el 1,5% fijo de la cuota global anual de captura.
    El titular deberá pagar en las fechas que a continuación se indican, los montos en dinero expresados en UTM que se señalan:

    Diciembre 2014: 900 UTM Diciembre 2019: 900 UTM
    Diciembre 2015: 900 UTM Diciembre 2020: 900 UTM
    Diciembre 2016: 900 UTM Diciembre 2021: 900 UTM
    Diciembre 2017: 900 UTM Diciembre 2022: 900 UTM
    Diciembre 2018: 900 UTM
     
    Valparaíso, 31 de diciembre de 2013.- Felipe Palacio Rives, Subsecretario de Pesca y Acuicultura (S).