APRUEBA PRESENTACIÓN DE OPERACIONES ADUANERAS QUE INDICA
Núm. 611 exenta.- Valparaíso, 27 de enero de 2014.- Vistos:
El decreto Nº 1.049, del Ministerio de Hacienda, de 2010, que crea la Comisión Asesora del Presidente de la República para el establecimiento de un Sistema Integrado de Comercio Exterior (Sicex).
El oficio ordinario Nº 16.393, de 31.12.2013, del Jefe de Departamento del Sistema Integrado de Comercio Exterior del Servicio Nacional de Aduanas a la Secretaría Ejecutiva de Sicex, y el oficio de respuesta a éste Nº 178, de 23.01.2014, del Secretario Ejecutivo del Proyecto Sicex del Ministerio de Hacienda.
Considerando:
Que para el establecimiento del Sistema Integrado de Comercio Exterior, conforme la propuesta de la Comisión Asesora Presidencial, la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda está realizando el diseño, desarrollo e implementación de Sicex, proyecto que contempla tres etapas de ejecución: la implementación del portal transaccional para los trámites de exportación, luego la construcción del portal transaccional para los trámites de importación y, finalmente, la construcción del portal transaccional para los trámites requeridos para el tránsito de mercancías.
Que concluido el periodo de estabilización del Piloto de Exportaciones de Sicex, la Secretaría Ejecutiva de este Proyecto, del Ministerio de Hacienda, ha requerido al Servicio Nacional de Aduanas poner en ambiente productivo de manera permanente el desarrollo que permitirá la tramitación de las DUS AT y DUS LEG por parte de los despachadores de Aduanas, a través de la plataforma Sicex.
Que al respecto el Servicio Nacional de Aduanas definió requisitos funcionales mínimos para dar paso a productivo, tanto en aspectos de las operaciones aduaneras como de seguridad de la información, flexibilizándolos en atención a la opcionalidad del uso de la plataforma.
Que mediante oficio ordinario Nº 16.393, de 31.12.2013, citado en los "Vistos", Aduanas señaló la necesidad de que los eventuales usuarios estén en conocimiento de las restricciones que presenta la plataforma en esta etapa, en el sentido de incluir en su documento "Términos y Condiciones y de Uso" el alcance de lo que se puede tramitar a través de Sicex; explicitar los trámites que no son posibles realizar a través de Sicex; el tipo de operación posible de tramitar; que sólo puede tramitarse el DUS - AT una vez obtenido el VºBº; la imposibilidad de modificar y/o anular las DUS AT o DUS LEG aprobadas; de tramitar el IVV; y de pre-visualizar e imprimir la DUS.
Que también en el señalado oficio el Servicio Nacional de Aduanas solicitó, desde el punto de vista de la seguridad, la mejora o detalle del plan de contingencias, así como la certificación de usuarios.
Que, finalmente, mediante dicho documento el Servicio Nacional de Aduanas solicitó a la Secretaría Ejecutiva de Sicex del Ministerio de Hacienda, indicar el momento en que estimara que el Proyecto se encontraba en estado de pasar a producción.
Que mediante oficio ordinario Nº 178, de 23.01.2014, la Secretaría Ejecutiva de Sicex del Ministerio de Hacienda dio respuesta a los señalados requerimientos, indicando el estado en que se encuentran las funcionalidades mínimas en el desarrollo del Proyecto, solicitando habilitar el sitio de Aduanas en producción en forma permanente para la integración con Sicex.
Teniendo presente: Lo dispuesto en el artículo 4º, numerales 7º y 8º del DFL Nº 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio, y la resolución Nº 1.600, del año 2008, de la Contraloría General de la República, sobre la exención del trámite de toma de razón, dicto la siguiente
Resolución:
Apruébase, de forma opcional, la presentación de operaciones aduaneras a través de la plataforma Sicex.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Alejandra Arriaza Loeb, Directora Nacional de Aduanas (S).