Artículo 5º. Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones: concesionarias, permisionarias y terceros que proveen los servicios definidos en el artículo 2º.
ISP: las concesionarias de servicio público de telecomunicaciones que presten servicio a los proveedores de acceso a Internet y también estos últimos, entendiéndose por tales a toda persona natural o jurídica que preste servicios comerciales de conectividad entre los usuarios o sus redes e Internet.
Portadores: concesionarias de servicios intermedios que presten servicios de larga distancia a los suscriptores y usuarios.