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Ley 20725

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Ley 20725

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Ley 20725 Firma electrónica EN MATERIA DE INTEGRACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

Ley 20725

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Promulgación: 31-ENE-2014

Publicación: 15-FEB-2014

Versión: Única - 15-FEB-2014

Materias: Constitución 1980, Art. 47, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, Integración de Cámara de Diputados

Resumen: Modifica en la Constitución Política el número actual de 120 diputados, disponiendo que la Ley Orgánica Constituc ... ver más >>

MODIFICACION
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LEY NÚM. 20.725
     
EN MATERIA DE INTEGRACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
     
    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de reforma constitucional que tuvo su origen en una Moción de los Honorables Senadores señores Alberto Espina Otero, Carlos Larraín Peña, Fulvio Rossi Ciocca, Eugenio Tuma Zedán y Patricio Walker Prieto.
     
    Proyecto de reforma constitucional:
     
    "Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la Constitución Política de la República:

    1) Sustitúyese el inciso primero del artículo 47, por el siguiente:
     
    "Artículo 47.- La Cámara de Diputados está integrada por miembros elegidos en votación directa por distritos electorales. La ley orgánica constitucional respectiva determinará el número de diputados, los distritos electorales y la forma de su elección.".

    2) Reemplázanse los incisos segundo y tercero de la disposición decimotercera transitoria, por el siguiente:

    "Las modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios que digan relación con el número de senadores y diputados, las circunscripciones y distritos existentes, y el sistema electoral vigente, requerirán del voto conforme de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.".".

     
    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República y ténganse por incorporadas sus disposiciones a la Constitución Política de la República, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 129 de este cuerpo constitucional.

    Santiago, 31 de enero de 2014.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Cristián Larroulet Vignau, Ministro Secretario General de la Presidencia.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.

    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Claudio Oliva Ekelund, Subsecretario General de la Presidencia (S).
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 15-FEB-2014
15-FEB-2014
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Proyecto original

1.- En materia de integración de la Cámara de Diputados (Boletín N° 9078-07)

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