1. Modifícase la resolución Nº 1.558, de 2007, que dispone medida sanitaria de prevención para aeronaves en lo siguiente:
     
    a. Reemplázase el numeral 1.1 Aeronaves de Carga "Tratamiento periódico" por el siguiente:

    . Tratamiento periódico: Se aplicará un insecticida residual, mediante aspersión, como parte del mantenimiento de la aeronave, el cual debe repetirse antes de término de su efecto residual o cada vez que la aeronave se someta a procesos de limpieza que signifiquen la eliminación del insecticida en las superficies tratadas.
     
    b. Reemplázase el numeral 1.2 Aeronaves de Pasajeros "Tratamiento periódico" por el siguiente:

    . Tratamiento periódico: Se aplicará un insecticida residual, mediante aspersión, como parte del mantenimiento de la aeronave, el cual debe repetirse antes de término de su efecto residual o cada vez que la aeronave se someta a procesos de limpieza que signifiquen la eliminación del insecticida en las superficies tratadas.
     
    c. Reemplázase el numeral 2 por el siguiente:
    "2. Apruébase nuevo Procedimiento de desinsectación de aeronaves provenientes del extranjero, identificado con las siglas P-PA-DA-003-versión 3, el cual es parte integrante de la presente resolución.".