CREA PLAZA DE PEAJE SAN ROQUE Y FIJA TARIFAS
     
    Núm. 236.- Santiago, 30 de julio de 2013.- Vistos: Lo dispuesto por los artículos 75 y 29 número 5, ambos del decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, de 1964, y del decreto con fuerza de ley Nº 206, de 1960, Ley de Caminos; el punto 2 del Capítulo IV del artículo 1º del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto con fuerza de ley Nº 25, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que traspasa a los Ministerios de Obras Públicas y de Transportes y Telecomunicaciones las funciones de los Servicios Públicos que indica; lo dispuesto por el decreto Nº 900, de 1996, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas; lo preceptuado por el decreto supremo Nº 956, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas; el decreto supremo Nº 133, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, que adjudica el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Camino de la Madera"; el decreto Nº 342, de 2012, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba convenio de extinción y declara la extinción, por mutuo acuerdo, de la concesión de la obra pública fiscal denominada "Camino de la Madera", y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1º Que por decreto supremo Nº 133, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, se adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Camino de la Madera", ubicada en la Ruta R-156, Concepción - Santa Juana -  Coihue, Región del Biobío, al licitante conformado por las empresas constructoras Belfi S.A., Las Américas Administradora de Fondos de Inversiones S.A. y Asesorías e Inversiones C.M.B. S.A.

    2º Que según lo dispuesto por el numeral 2º del artículo 27 del decreto con fuerza de ley Nº 900, de 1996, del Ministerio de Obras Públicas, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y lo preceptuado por el artículo 77 del decreto supremo Nº 956, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, con fecha 13 de julio de 2012 se suscribió entre la Dirección General de Obras Públicas y la Sociedad Concesionaria el convenio de extinción del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Camino de la Madera", ubicada en la Ruta R-156 Concepción - Santa Juana - Coihue, Región del Biobío.
    3º Que el referido convenio de extinción fue sancionado por decreto supremo Nº 342, de 2012, del Ministerio de Obras Públicas, y tomado de razón por la Contraloría General de la República con fecha 27 de febrero de 2013.
    4º Que el resuelvo 2º del referido decreto Nº 342 declara la extinción, por mutuo acuerdo, de la concesión de la obra pública fiscal ya señalada y del contrato de concesión adjudicado por decreto supremo Nº 133, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, extinguiéndose por dicha razón el título que habilitaba a la sociedad concesionaria a percibir tarifa por circulación en la referida vía en las plazas de peaje de Curalí y Nicodahue.
    5º Que habiéndose extinguido el contrato de concesión, la tuición y administración de la vía pasa a ser de competencia directa de la Dirección de Vialidad, la que asume la responsabilidad de conservarla y mantenerla en conformidad con lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas.
    6º Que en atención a que la Dirección de Vialidad seguirá manteniendo el nivel y estándar de servicio de dicha obra vial, y para el mejor cumplimiento de sus obligaciones, según lo razonado anteriormente, resulta necesario establecer un peaje destinado a generar ingresos para la conservación de la vía.
    7º Que con un mejor análisis de la realidad demográfica de la zona y habiéndose escuchado a las comunidades de Santa Juana y de Nacimiento, se ha estimado del todo necesario que el peaje que por este acto se crea sea percibido en una nueva y única plaza de peaje, en la que se efectuará el cobro de la tarifa de peaje en sentido bidireccional de tránsito, la que se emplazará en el límite entre dichas comunas de la Región VIII, por resultar equidistante de Santa Juana y de Nacimiento, favoreciendo a toda la ruralidad presente en tal zona.
    8º Que el emplazamiento de una única plaza de peaje permitirá un uso racional del recurso fiscal, toda vez que se producirá un menor costo operacional, al eliminarse, producto de la extinción del contrato de concesión antes señalado, las plazas de peaje de Curalí y Nicodahue, resultando necesario fijar las tarifas a cobrar en la plaza de peaje de San Roque para el período en que comience su funcionamiento.
    9º Que la creación de la plaza de peaje implicará la construcción de nuevas instalaciones que deberán ser ejecutadas por la Dirección de Vialidad en la zona, cuya habilitación no es de rápida ejecución, y se estima en al menos seis meses a contar de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto, razón por la cual el cobro de la tarifa de peaje que se viene ordenando en dicha plaza entrará a regir sólo a partir de las 00:00 horas del día 1 de marzo de 2014.
     
    Decreto:
     
    1º Créase la plaza de peaje San Roque, ubicada en el kilómetro 74.150 de la Ruta R-156, Concepción - Santa Juana - Coihue, Región del Biobío, la que entrará en funcionamiento a las 00:00 horas del día 1 de marzo de 2014.
    2º Fíjanse las tarifas de peaje para cualquier horario y para todos los días de la semana, incluidos sábados, domingos y festivos, de acuerdo al siguiente detalle:
     
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    3º Establécese que estas tarifas se aplicarán en la plaza de peaje San Roque, en ambos sentidos del tránsito, para cualquier horario y para todos los días de la semana, incluidos sábados, domingos y festivos, a todos los vehículos que transiten por la Ruta R-156, Concepción - Santa Juana - Coihue, Región del Biobío.
    4º Declárase que el cobro de la tarifa de peaje que se viene ordenando en la referida plaza de peaje San Roque entrará a regir sólo a partir de las 00:00 horas del día 1 de marzo 2014.
    5º Solicítase para el presente decreto el trámite de cinco días que indica el inciso 3º del artículo 111 del decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas.


NOTA
      El artículo 1° del Decreto 290, Obras, publicado el 18.06.2014, modifica las tarifas y los tipos de categorías de cobro, en la plaza de peaje San Roque de la ruta R-156 Concepción - Santa Juana - Coihue, Región del Biobío, fijadas por este artículo, para todos los días de las semana, incluidos sábados, domingos y festivos, de acuerdo al detalle que en ella se indica.
     
    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- María Loreto Silva, Ministra de Obras Públicas.- Felipe Larraín Bascuñan, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Lucas Palacios Covarrubias, Subsecretario de Obras Públicas.