Artículo 7º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 7º de la ley Nº 19.465, que establece Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas:
1) Reemplázase, en la letra c), la coma final y la letra "y" que le sigue por un punto y coma.
2) Sustitúyese, en la letra d), el punto final por una coma.
3) Agrégase la siguiente letra e):
"e) Los causantes de asignación familiar del personal señalado en las letras anteriores, comisionado al extranjero, siempre que por ellos se perciba la asignación familiar de la letra d) del artículo 200 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, que establece estatuto del personal de las Fuerzas Armadas, y se encuentren estudiando en instituciones de la enseñanza básica, media, técnica y superior, reconocidas por el Estado donde se cumple la comisión.".