Artículo tercero.- Para los efectos del pago de la bonificación de estímulo por desempeño funcionario establecida en el artículo 5º de la ley Nº 19.528, que corresponda al primer año calendario de funcionamiento de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, se atenderá al proceso calificatorio llevado a cabo por la Superintendencia de Quiebras el año 2013.