a) En el artículo 1º, numeral 1, elimínese la expresión "en un solo módulo,".
    b) En el cuadro que aparece en el artículo 1º, numeral 15, reemplácese el guarismo "100" por el guarismo "120".
    c) En el artículo 1º, a continuación del numeral 16, incorpórese el siguiente numeral 16 bis:

    "16 bis.- Cuando la velocidad del vehículo supere los 120 km/hr, el programa procederá a detener la contabilización, pero mantendrá el valor acumulado hasta ese instante".
    d) En el inciso primero del artículo 3º, reemplácese la palabra "documentadamente" por la expresión "ante éste,".
    e) A continuación del artículo 3º, incorpórese el siguiente artículo 3º bis:

    "Artículo 3º bis.- Para los efectos de la acreditación señalada en el artículo 3º anterior, los fabricantes o proveedores de taxímetros, en adelante "el solicitante", deberán presentar la solicitud ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, utilizando para ello el formato que se señala en el Anexo A de la presente resolución, acompañando los siguientes antecedentes y/o elementos:

    a. Informe Técnico descriptivo que incluya, a lo menos, lo siguiente:

    i. Marca y modelo del taxímetro, con fotografías de referencia.
    ii. Características funcionales del taxímetro.
    iii. Ficha de especificaciones técnicas del taxímetro.
    iv. Planos con vistas de planta, frontal y laterales, donde se establezcan los detalles de diseño del taxímetro, con sus correspondientes dimensiones.
    v. Características constructivas del taxímetro, incluyendo materiales, componentes y conexiones.
    vi. Diagrama esquemático del circuito electrónico del taxímetro.
    vii. Requisitos y procedimientos de instalación y calibración del taxímetro en el vehículo, si procede.
    viii. Fotografías del taxímetro que muestren las caras externas del mismo y que permitan apreciar los detalles de las mismas, indicando claramente aquella parte del taxímetro que permite la colocación del sello por parte de la autoridad a que se refiere el numeral 1 del artículo 1º.
    ix. Listado del programa computacional utilizado en el taxímetro, impreso en un lenguaje fuente leíble, con una copia en formato electrónico del mismo y documentado con un diagrama de flujo y otros antecedentes que aclaren su funcionamiento.
    x. Muestra del comprobante o boleto que emite el taxímetro.
    xi. Marca, modelo y tipo de impresora, incluyendo los detalles de la instalación física como eléctrica.
    xii. Descripción del cable de conexión del taxímetro al sistema eléctrico y al sistema sensor de distancias.
    xiii. Descripción del sistema sensor de distancias.
    xiv. Material de encapsulamiento del microprocesador y circuitos de memoria, si correspondiere.
    xv. Listado de funciones operacionales que no son requisitos, pero que son de utilidad para el operador, si cuenta con ellas, y su descripción de funcionamiento.
    xvi. Tipo y capacidad de los fusibles del taxímetro, de su instalación y su ubicación.
    xvii. Descripción técnica de cumplimiento de cada requisito establecido en el artículo 1º de la presente resolución.
    b. Manual del usuario.
    c. Un taxímetro completo, que se utilizará para verificar físicamente las características de diseño y componentes internos declarados en el informe técnico señalado en la letra a. anterior.
    En un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la solicitud, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones emitirá un pronunciamiento respecto de los antecedentes presentados. De no existir observaciones, se comunicará la fecha en que el solicitante deberá presentar un segundo taxímetro, instalado en un vehículo del tipo taxi, para su verificación operacional. De haber observaciones, la verificación aludida se realizará una vez subsanadas éstas.
    Para la verificación operacional será requerido que el vehículo sea conducido por un conductor provisto por el solicitante; dicho conductor deberá cumplir con todas las normativas de tránsito que le sean aplicables.
    En el evento que el modelo de taxímetro cumpla con todas las características y especificaciones técnicas descritas en la presente resolución, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones procederá a dictar la resolución que establece el artículo 3º anterior.".
    El horario de recepción de las solicitudes será de 9:00 a 14:00 hrs., de lunes a viernes (en días hábiles), en las dependencias ubicadas en calle Vicente Reyes Nº 198, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, Chile.
    f) Incorpórese el siguiente Anexo A:
     
    ANEXO A
     
    SOLICITUD
     
    Santiago, _____de_________de 20__
     
    Señores
    Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
    At. Centro de Control y Certificación Vehicular
    Presente
     
    De mi consideración:
    Por medio de la presente solicito a ustedes verificar el cumplimiento de las características y especificaciones técnicas señaladas en la resolución Nº 46, del año 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, respecto al taxímetro marca:________, modelo:________.
     
    Atentamente,
     
    Firma y Timbre del Solicitante
     
    1. Nombre persona natural o jurídica:
    2. RUT persona natural o jurídica:
    3. Dirección persona natural o jurídica:
    4. Nombre del solicitante:
    5. Teléfono del solicitante:
    6. E-mail del solicitante:
    7. Nombre y RUT del representante legal:
    8. En caso de ser empresa extranjera, nombre, RUT, dirección, e-mail y teléfono del representante legal en Chile.