DISPONE FECHA DE INICIO DE OBLIGACIÓN QUE INDICA A TAXIS BÁSICOS Y EJECUTIVOS
Núm. 1.628 exenta.- Santiago, 10 de marzo de 2014.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 76º del DS Nº 212, de 1992, modificado por el artículo único del DS Nº 217, de 2013, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando: Que de conformidad al artículo 76º del DS Nº 212, citado en Visto, los taxis que cuenten con motor eléctrico puro serán de color blanco, con puertas y cubierta de motor (capó) de color verde, y corresponderá a los Secretarios Regionales disponer la fecha a contar de la cual será exigible dicha obligación.
Resuelvo:
1.- A partir del 1 de abril de 2014, los taxis básicos y ejecutivos que cuenten con motor eléctrico puro y que se encuentren inscritos en el Registro Regional de Servicios de Transportes de Pasajeros de la Región Metropolitana, deberán estar pintados de color blanco, con puertas y cubierta de motor (capó) de color verde.
2.- Ofíciese al Programa Nacional de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes y a Carabineros de Chile, a fin de darle cabal cumplimiento al presente acto administrativo.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Sergio Stephan Orellana, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.