APRUEBA EXPROPIACIÓN DE TERRENO QUE INDICA
Por decreto Nº 2.778, de 3 de abril de 2014.- Vistos: 1.- El acuerdo del Concejo Municipal Nº 310 adoptado en sesión ordinaria Nº 30, de fecha 7 de octubre de 2013, que aprueba la expropiación por razones de utilidad pública de un terreno ubicado en calle Colón Nº 99 esquina calle Bío Bío de la localidad de Talcamávida, de una superficie de 3.689 mts.2 de propiedad de don Jorge Alvear Neira, RUT Nº 4.426.831-0, para ser destinado a la construcción de la planta de tratamiento del proyecto Construcción de Red de Alcantarillado y Casetas Sanitarias en Talcamávida; 2.- Memorandum de fecha 23 de enero de 2014 de la Dirección de Obras que propone lista de peritos habilitados; 3.- Decreto ley 2.186 de fecha 9 de junio de 1978 que aprueba Ley Orgánica de procedimiento de expropiaciones; 4.- Las facultades conferidas en los Arts. 33 y 63 letra f) de la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. Considerando: La necesidad ordenar el estudio de la expropiación y fijar el monto de la indemnización provisional a través de una comisión de peritos integrada por profesionales habilitados en nómina vigente aprobada por decreto supremo del Ministerio de Hacienda para la Región del Biobío. Decreto: Primero. Nómbrese la Comisión Tasadora de peritos para que fije el monto provisional de la indemnización por la expropiación de un retazo de terreno de una superficie de 3.689 mts.2 de propiedad de don Jorge Alvear Neira, RUT 4.426.831-0 para ser destinado a la construcción de la planta de tratamiento del proyecto Construcción de Red de Alcantarillado y Casetas Sanitarias en Talcamávida, la que estará integrada por los siguientes profesionales: 1.- Fernando López González, arquitecto, fono 97894894, e-mail lopezfarquitecto@yahoo.es; 2.- Alonso Rodríguez Muñoz, arquitecto, fono 82932176, e-mail alonsoarq@gmail.com; 3.- Cristian Solari León, arquitecto, fono 97365468, e-mail solaritasaciones@gmail.com; Segundo. La comisión evacuará un informe en el plazo y forma que señala el Art. 4 del DL 2.186 de 1978 y los honorarios a pagar a sus miembros se determinará de acuerdo al Arancel del Colegio de Arquitectos; Tercero. El gasto que irrogue este decreto se imputará al Subt. 31 ítem 02 Asig. 002 del presupuesto municipal vigente. Anótese, regístrese y notifíquese a los profesionales designados quienes dispondrán de tres días para comunicar la aceptación del cargo al correo electrónico secretariamunicipal@munihualqui.cl.-
Ricardo Fuentes Palma, Alcalde. Óscar San Martín Álvarez, Secretario Municipal. 10.04.2014.