1. Incorpórese como letra i.- en el Título I de las Tarifas Generales de la Sociedad y que dice relación con la reproducción de fonogramas y/o videos musicales con fines de su comunicación al público y comunicación al público de videos musicales, la siguiente disposición:
"i.- Tarifas Compañías Aéreas: Estarán afectas a las siguientes tarifas mensuales:
Por cada avión en servicio internacional : $60.000.-
Por cada avión en servicio nacional : $40.000.-
3.- En lo no modificado, se mantienen plenamente vigente las Disposiciones Generales y Tarifas contenidas en las resoluciones del Consejo Directivo de la Sociedad publicadas en las ediciones del Diario Oficial de fechas 1 de julio de 2010 y 31 de enero de 2013.
Las licencias correspondientes a cada una de las tarifas se encuentran a disposición de los usuarios en las oficinas de Profovi, ubicadas en: Antonio Varas Nº 2043, Providencia, Santiago.