DEJA SIN EFECTO DECRETO DE HACIENDA N° 379, DE 1976, NO TRAMITADO, Y EXIME A LAS INSTITUCIONES QUE MENCIONA DE LA OBLIGACION QUE SEÑALA
Núm. 1.007.- Santiago, 11 de Noviembre de 1976.- Vistos: estos antecedentes y lo dispuesto en el N° 4 del artículo 40 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974,
Decreto:
1°.- Déjase sin efecto el decreto supremo de Hacienda N° 379, de 21 de Abril de 1976, no tramitado.
2°.- Exímese a las instituciones que se mencionan de la obligación de pagar el impuesto de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40, N° 4, de este texto legal:
Cuerpos de Bomberos con personalidad jurídica.
Fundación El Despertar.
Fundación Refugio de Cristo.
Hogar de Ancianos San Francisco de Asís, Lebu.
Congregación Pequeña Obra de la Divina Providencia (Don Orione).
Iglesia Evangélica Luterana El Redentor, de Santiago. El Redentor, de Santiago.
Congregación de la Preciosa Sangre.
Religiosas de María Inmaculada.
Compañía de María Marianistas.
Fundación Agrícola y Cultural de La Dehesa.
Hospital de Niños y Cunas de Viña del Mar.
Pío Instituto de Hijas de María, Religiosas de las Escuelas Pías.
Fundación de Educación "Las Arenas".
Gota de Leche de Mira Mar, Viña del Mar.
Cuerpo de Voluntarias de Hospital Anita Gómez de Asenjo - Damas de Rojo.
Hogar Jardín de Ancianos Divino Maestro.
Unión Arabe de Beneficencia.
Sociedad de Asistencia y Capacitación.
Congregación de las Hermanas de la Casa de María.
Compañía de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul.
Sociedad Alemana de Beneficencia (Deutscher Hilfsverein).
Centro Israelita de Beneficencia Bicur Joilim.
Hogar Español.
Damas de la Defensa Nacional.
Fundación Departamento Universitario Obrero Campesino de la Universidad Católica de Chile (D.U.O.C.).
Congregación de las Hermanitas de los Ancianos Desamparados.
Liga Chilena Contra el Cáncer.
Fundación Lily Iñiguez "Los Nidos".
Sociedad de Escuelas Católica de Santo Tomás de Aquino.
Beneficencia de Señoras Alemanas (Valparaíso, Frauen-Verein).
Religiosas Franciscanas de Santa Verónica de Juliani.
Patronato Nacional de la Infancia.
Fundación Enrique Froemel K.
Congregación Salesiana.
Fundación Yugoeslava de Beneficencia Pascual Baburizza.
Club de Señoras de Jefes y Oficiales de Carabineros (R).
Corporación para la Nutrición Infantil.
Fundación Leopoldo Donnebaum.
Cruz Roja Chilena.
Instituto de Educación Rural.
Monasterio de las Religiosas Ursulinas.
Fundación Nacional del Niño Rural.
Ejército de Salvación.
Hogar de Niños Arturo Prat.
Hermanitas de los Pobres de Maiquetía.
Congregación San Juan Bautista.
Religiosas Mercedarias Francesas.
Sociedad Benéfica Provincia de Logroño.
Casa del Estudiante Americano.
Sociedad Italiana Femenina de Beneficencia.
Aldeas Infantiles S.O.S.
Cáritas Chile.
Sociedad de la Comunidad Británica de Naciones.
Fundación Domingo Matte Mesías.
Fundación Superación Campesina (SUCAMP).
Asociación Cooperadora de la Asistencia Pública de Santiago.
Sociedad de Beneficencia Alemana de Valparaíso.
Sociedad Santa Mónica.
Banco de Solidaridad Estudiantil de Valparaíso.
Unión Evangélica.
Congregación de Padres Pasionistas.
Fundación INVICA.
Sociedad Talleres de Industrias Nacionales "Pedro Aguirre Cerda".
Congregación del Buen Pastor.
Fundación Arturo Irarrázaval Correa.
Instituto Agrícola Pascual Baburizza.
Hogar de Ancianos "Nuestra Señora de Lourdes", Lo Zárate.
Sociedad Protección de Menores de Concepción.
Fundación de Educación Los Olmos.
Fundación Radio Escuela para el Desarrollo Rural.
Corporación Diakonia, Organización Ecuménica de Asistencia y Desarrollo.
Fundación "Ciudad del Niño Ricardo Espinoza".
Sociedad Salvémosle el Corazón al Niño.
El Servicio de Impuestos Internos deberá verificar periódicamente si se mantienen las circunstancias que justifican la exención concedida.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Jorge Cauas Lama, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda atentamente a U.- Pedro Larrondo Jara, Capitán de Navío (AB), Subsecretario de Hacienda.