El Consejo del Banco Central de Chile por acuerdo N° 20-01-900410 derogó, a contar del 19 de abril de 1990, los Compendios de Normas de Cambios Internacionales, de Normas de Exportación y de Normas de Importación hasta entonces vigentes y aprobó, en el mismo acuerdo, el nuevo Compendio de Normas de Cambios Internacionales, el que incluye tanto las normas de cambios, como las relativas a exportaciones e importaciones.
Las nuevas normas sobre exportaciones del Instituto Emisor, suprimieron las disposiciones que se referían a la línea de crédito para financiar exportaciones de bienes de capital y uso durable y a las Aceptaciones Bancarias Latinoamericanas como forma de financiamiento de exportaciones.
A fin adecuar sus instrucciones a las nuevas normas del Instituto Emisor, esta Superintendencia resolvió remplazar los Capítulos 14-3 y 14-7 y suprimir el Capítulo 14-4 de la Recopilación Actualizada de Normas.
Por otra parte, para mantener la concordancia en las referencias al nuevo texto del Capítulo 14-3, se sustituye, en el último párrafo del N° 1, título III del Capítulo 12-3, la expresión "número 7" por "N° 5".
En consecuencia, sírvase sustituir los Capítulos 14-3 y 14-7 antes mencionados, la hoja N° 14 del Capítulo 12-3, la hoja N° 7 del Indice de Capítulos y la hoja N° 8 del Indice de Materias, por los que se adjuntan a esta Circular. Además, sírvase eliminar el Capítulo 14-4.