Sustitucion de la denominacion "español" por la de "chileno"

    Santiago, 3 de junio de 1818.-

    Despues de la gloriosa proclamacion de nuestra Independencia sostenida, por la sangre de sus defensores, seria vergonzoso permitir el uso de fórmulas inventadas por el sistema colonial. Una de ellas es denominar españoles a los que por su calidad no están mezclados con otras razas, que antiguamente se llamaban malas. Supuesto que ya no dependemos de España, no debemos de llamarnos españoles sino chilenos. En consecuencia, mando que en todas clases de informaciones judiciales, sean por vía de pruebas en causas crimínales, de limpieza de sangre, en proclamas de casamientos, en las partidas de bautismo, confirmaciones, matrimonios i entierro, en lugar de la cláusula: Español natural de tal parte, que hasta hoi se ha usado, sustituya la de: Chileno natural de tal parte; observándose en lo demas la fórmula que distingue las clases, entendiéndose que respecto de los indios, no debe hacerse diferencia alguna, sino denominarlos chilenos, segun lo prevenido arriba. Trascríbase este Decreto al señor Gobernador del Obispado para que lo circule a los curas de esta Diócesis, encargándoles su observancia, i circúlese, a las referidas corporaciones i Jueces del Estado; teniendo todos entendido que su infraccion dará una idea de poca adhesion al sistema de la América i será un suficiente mérito para formar un juicio indagatorio sobre la conducta política del desobediente para aplicarle las penas a que se hiciere digno.-

    Imprímase.- O'Higgins.- Irizarri.- (Boletin, pájinas 313 i 314, año 1818).