31. Concluida la votacion, y depositándose en las cajas de rejistro y actas de los escrutinios particulares, serán conducidas al Cabildo, cerradas y marchamadas por los individuos electos por la municipalidad, que serán responsables de su entrega y seguridad, bajo la pena de quedar inháhiles para obtener cargo o empleo público, de cualquier clase, por el término de dos años, y a mas 500 pesos de multa o tres meses de prision.