1. Para la importación a Chile de frutos frescos de piña (Ananas spp.), procedentes de Ecuador y destinados a consumo, el Certificado Fitosanitario que ampare cada envío deberá consignar que Ecuador es país libre de Mosca oriental de la fruta (Bactrocera dorsalis Hendel).
    2. Establécense, además, los siguientes requisitos fitosanitarios de importación de frutos frescos de piña (Ananas spp.) para consumo, procedentes de Ecuador, según las especificaciones establecidas en el Plan de Trabajo conjunto SAG-Agrocalidad:
    3. Para la importación al país, el envío deberá estar amparado por un Certificado Fitosanitario Oficial por exportador emitido por Agrocalidad, en original, en el que consten las siguientes declaraciones adicionales:

    . "El envío de piñas (Ananas comosus) está libre de especies del género Succinea no presentes en Chile según el Plan de Trabajo suscrito por SAG - Chile y Agrocalidad - Ecuador".
     
    La siguiente información también debe estar documentada en el Certificado Fitosanitario y sus documentos adjuntos:
    . Nombre/código de registro del operador de exportación.
    . Nombre/código de la planta empacadora.
    . Código de trazabilidad de cada operador.
     
    4. Adicionalmente, el envío de frutos frescos de piña deberá cumplir con las siguientes medidas fitosanitarias que deberán ser verificadas por el inspector de Agrocalidad antes de emitir el Certificado Fitosanitario, según las especificaciones establecidas en el Plan de Trabajo para la exportación de fruta fresca de piña (Ananas comosus) desde Ecuador a Chile por presencia de especies del género Succinea no presentes en Chile:

    4.1 El envío procede de un lugar de producción/finca, productor y/u operador de exportación registrados y aprobados por Agrocalidad, cuyos códigos de registro estén vigentes para la exportación de piñas a Chile, y que el envío haya sido inspeccionado y aprobado por Agrocalidad.
    4.2 Las piñas deberán haber sido sometidas a un proceso de lavado y desinfectado en la empacadora, y limpiadas de todos los restos vegetales.
    4.3 Los envases deberán llevar la siguiente leyenda ubicada en la cara frontal de la caja:
     
    .
     
    4.4 Una vez empacadas las piñas, deberán conservarse hasta su despacho en cuartos de almacenamiento y/o de frío, manteniendo condiciones adecuadas para evitar cualquier contaminación con el medio externo, y proveer un despacho seguro y directo hasta los medios de transporte.
    4.5 Todos los contenedores deben haber sido inspeccionados y lavados correctamente, antes de ser cargados con fruta inspeccionada para asegurar que están libres de plagas, insectos polizontes, desechos u otros contaminantes.
    5. El envío deberá encontrarse libre de suelo, restos vegetales y otros moluscos.
    6. El envío deberá venir en envases y material de acomodación de primer uso, no permitiéndose el reenvase. El material de embalaje debe ser adecuado para eventuales acciones de tratamientos cuarentenarios en los puntos de ingreso.
    7. La madera de los embalajes y pallets, como también la madera utilizada como material de acomodación, debe estar libre de corteza, debiendo además cumplir con las regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalaje de madera.
    8. Los medios de transporte serán de uso exclusivo para transportar envíos de similar condición fitosanitaria de ingreso (inspeccionado y aprobado).
    9. Los envíos serán inspeccionados a su arribo al país por los profesionales del Servicio Agrícola y Ganadero destacados en el punto de ingreso, quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos y condiciones fitosanitarias, y con la documentación adjunta resolverán su internación.
    10.Resolución 6684 EXENTA,
AGRICULTURA
N° 4
D.O. 08.10.2020
Elimínese el origen Ecuador, de la resolución exenta N° 3.920/1998, que establece requisitos de internación para frutos de piña, plátano y coco, sólo respecto de la internación de frutos de piña.
    11. Apruébase el "Plan de Trabajo para la exportación de fruta fresca de piña (Ananas comosus) desde Ecuador a Chile por presencia de especies del género Succinea no presentes en Chile".